Consulta Pública Previa del Decreto de la constitución de la Mesa Técnica del sector lechero en Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural - Estado: Abierto

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1877

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

Ante la ausencia de normativa previa se hace necesaria su creación.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural quiere iniciar el procedimiento de publicación del Decreto por el que se crea la Mesa Técnica del sector Lechero de Castilla-La Mancha.

Con el fin de dar cumplimiento al artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se pone a disposición de la ciudadanía, de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.

En nuestro ordenamiento jurídico, la relación de los órganos consultivos de las Administraciones Públicas en el ámbito agrario y agroalimentario se ha de regir por el mantenimiento de una interlocución transparente, leal, intensa y constante, de forma que se pueda disponer de la necesaria y completa información que le permita desarrollar un ejercicio idóneo de sus responsabilidades.

El sector lechero de Castilla La Mancha es de gran importancia en esta región, ya que desarrolla gran parte de su actividad en el medio rural, ayuda a su desarrollo y fijación de población, y constituye un pilar de apoyo de nuestra importante industria agroalimentaria, siendo Castilla- La Mancha la segunda comunidad autónoma española en producción de leche de oveja, también la segunda en producción de leche de cabra y la séptima en producción de leche de vaca. Además, cabe destacar la alta tecnificación y constante modernización en toda la cadena de producción, con un enfoque general que busca mejorar la eficiencia y la sostenibilidad en todas las fases de la cadena, el desarrollo paralelo de una importante industria auxiliar y la existencia de una denominación de origen protegida mundialmente reconocida como la del Queso Manchego.

En la actualidad, toda esta actividad se desarrolla en un contexto complejo y además cambiante, lo cual supone un enorme reto de continua adaptación para todo el sector. Para poder afrontar ese escenario con mayores garantías de éxito, se hace necesario potenciar el diálogo y la colaboración entre todos los agentes implicados, mediante la creación de una mesa técnica que se constituya en el foro de debate y acuerdo entre los diferentes agentes implicados en todo el sector lechero de Castilla- La Mancha.

En este contexto, la creación de la Mesa Técnica del sector lechero debe incidir, no sólo en su naturaleza de órgano de asesoramiento, sino también de órgano de participación, diálogo y consulta, configurándose como un órgano capaz de realizar propuestas que cuenten con el respaldo real del sector, así como de emitir informes en las materias que le son propias, otorgando especial importancia al desarrollo rural, impulsando la participación de jóvenes y mujeres en la actividad agraria.

A tal fin responde la conformación de la Mesa Técnica de sector lechero de Castilla- La Mancha como órgano participativo, dada su naturaleza de órgano en el que la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, a través de la Consejería competente en materia de ganadería, establece un órgano de dialogo y participación en los términos citados con las diferentes organizaciones implicadas en el sector lechero.

A nivel autonómico, como es sabido el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye a esta Comunidad Autónoma en su artículo 31.1.6º las competencias exclusivas en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de acuerdo con la ordenación general de la economía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

El futuro desarrollo del sector lechero, por su importancia en la región, hace necesaria la aprobación de un Decreto para crear la Mesa Técnica del sector lechero en Casilla-La Mancha.

Objetivos de la norma:

El objeto del Decreto será crear y regular el funcionamiento de la Mesa Técnica del Sector lechero de Castilla- La Mancha.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

La Dirección General de Ordenación Agropecuaria considera que se tiene que optar por la redacción de un Decreto por el cual se fijen los principios generales de funcionamiento y constitución de la Mesa Técnica del sector lechero en Castilla- La Mancha.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO.