La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Inicio
A través de este espacio se pretende:
-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.
-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.
-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.
-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:
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Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento
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Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.
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Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 28 de febrero de 2017, adoptó medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Participación
Antecedentes de la norma:La ley 10/202, de 21 de junio, de Estadística de Castilla-La Mancha establece en su artículo 39 que el Plan Regional de Estadística es el instrumento de promoción, ordenación y planificación de la actividad estadística pública de interés para la Comunidad y que el mismo se aprobará mediante Decreto del Consejo de Gobierno y tendrá una vigencia de cuatro años u otra distinta si así lo especifica el Decreto, quedando prorrogado cada Plan hasta la entrada en vigor del siguiente.
Dicho Plan contendrá como mínimo:
a) El análisis de la información estadística y de los objetivos a alcanzar.
b) Las operaciones estadísticas que se llevarán a cabo en el período de vigencia del Plan, su contenido, características técnicas, periodicidad, unidad o servicio que las realizará, las personas afectadas, el ámbito territorial, la finalidad principal a la que se destinan los datos, la obligatoriedad, en su caso, de colaborar y la protección que les dispensa el secreto estadístico.
El Plan se concreta en el periodo de vigencia en los correspondientes Programas Anuales de Estadística.
El principal problema al que se pretende dar solución con esta norma es la adecuación del Plan a la realidad social y económica de nuestra región, mediante la actualización del inventario de operaciones estadísticas. Dado que la realidad es cambiante, se hace necesario actualizar periódicamente el principal instrumento de planificación estadística de nuestra región, puesto que, en definitiva, la estadística trata de reflejar adecuadamente esta realidad.
La necesidad de su aprobación deriva de la finalización de la vigencia del actual Plan Regional de Estadística, que se aprobó para el periodo 2018-2021.
Con esta norma se pretende contar con un Plan Regional de Estadística en Castilla-La Mancha para el periodo 2022-2025 que asegure un catálogo de operaciones estadísticas que reflejen adecuadamente la realidad social y económica de la región para el periodo considerado.
Dada la regulación de la Ley 10/2002, no hay soluciones alternativas.
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Fase de Retorno
En la Fase Retorno ponemos fin a la Consulta Pública Previa. En esta fase exponemos un Informe con los resultados de la Consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.
En breve estará disponible la documentación.