Consulta pública previa para la elaboración de un Decreto que regule y fomente la soberanía y la sostenibilidad alimentarias en el ámbito del consumo responsable en Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Sanidad - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1503

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

El artículo 2, párrafo q), de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha, define la soberanía alimentaria como el derecho a una alimentación nutritiva y culturalmente adecuada, accesible y producida de forma sostenible y ecológica, lo que implica la capacidad de decidir libremente un sistema alimentario y productivo propio.

Asimismo, en los párrafos h) e i) de este artículo 2, se definen igualmente los conceptos de consumo responsable y consumo sostenible, respectivamente, como el que se realiza de forma moderada y reflexiva, y está basado en una toma de decisiones libre, consciente e informada, con arreglo a criterios económico, social, laboral y ambiental; y cuando las necesidades de bienes y servicios de las generaciones presentes y futuras se satisfacen de modo tal que puedan preservarse desde el punto de vista económico, social y ambiental.

A su vez, el artículo 5.3 de dicha ley reconoce el derecho a la soberanía alimentaria, vinculada al consumo de productos locales y de estación distribuidos en circuitos cortos de comercialización y a un consumo responsable basado en la prevención del desperdicio alimentario y de recursos básicos.

Y también el artículo 130, en su apartado d) insta a la administración regional a desarrollar políticas informativas, formativas y educativas que fomenten el consumo responsable, reflexivo, solidario, inclusivo y sostenible de los bienes y servicios; así como en el marco del cooperativismo de consumo, la economía social y solidaria, los circuitos cortos de comercialización y el consumo de alimentos locales producidos de forma ecológica y estacional. Todo ello, siempre que no suponga discriminación que pueda generar comportamientos anticompetitivos.

En tanto que el párrafo d) del citado artículo se refiere, igualmente, a la información a las personas consumidoras sobre las huellas ambientales y sociales de los productos y servicios ofertados, así como por su consumo y utilización.

A su vez, el artículo 53 de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, prevé el apoyo a la demanda de productos agroecológicos y de calidad diferenciada de la región y establece que la Administración Regional apoyará las iniciativas de consumo responsable y sostenible en el medio rural, que contribuyan al consumo de proximidad y de productos locales, agroecológicos y de calidad diferenciada. Al respecto, regulará y promoverá la creación de grupos de consumo en el ámbito de un consumo colaborativo, inclusivo, social y solidario.

Finalmente, el Decreto 276/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Desarrollo Sostenible, contempla, entre otras, como competencias de la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, las siguientes:

- Promoción del consumo responsable alineado con los objetivos de desarrollo sostenible y con las políticas de transición ecológica.

-  Promoción del consumo colaborativo y de otras alternativas sociales de consumo como el comercio justo y solidario, el consumo local o el consumo de productos agroecológicos y de estación.

- Educación en materia de consumo y promoción de hábitos de comportamiento de compra conscientes, eficientes y sostenibles.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

Con este decreto no solo se pretende cumplir con lo establecido en la normativa antes citada sino también el ordenamiento de las distintas iniciativas de soberanía y sostenibilidad alimentarias que se lleven a cabo en la región, las garantías de calidad y seguridad que deben exigirse en la comercialización de los productos, así como los criterios para su acreditación y registro, de forma que puedan sus actividades puedan ser reconocidas y amparadas mediante los procedimientos que se consideren oportunos.

Por otra parte, se pretende con el fomento de estas iniciativas asegurar una oferta suficiente y adecuada a las expectativas e inquietudes de la demanda de las personas consumidoras de la región, creando conexiones y redes que faciliten el acceso a los alimentos y la participación en procesos de sostenibilidad, a través de una relación directa, colaborativa y comprometida entre productores locales y personas consumidoras.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Dado que en la actualidad existen ya iniciativas de soberanía y sostenibilidad alimentarias de ámbito local, es preciso no sólo su ordenamiento sino también su fomento, de forma que puedan extenderse y también ampliar su ámbito de actuación mediante la configuración de nuevas redes distribuidas por todo el territorio regional.

Asimismo, es necesario informar, divulgar y promover el conocimiento de dichas iniciativas entre las personas consumidoras con objeto de contribuir a la adquisición y consolidación de buenas prácticas de consumo responsable y sostenible en la población castellanomanchega.

Por otra parte, su aprobación se considera oportuna en la medida que coadyuva y contribuye, de manera contingente, en la consecución de los objetivos de otras políticas públicas concurrentes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los ámbitos económico, ambiental y social.

Objetivos de la norma:

Los posibles objetivos de la norma son:

1. Fomentar el desarrollo de iniciativas de soberanía y sostenibilidad alimentarias en el ámbito del consumo responsable.

2. Establecer garantías de calidad y seguridad alimentarias de conformidad con los criterios establecidos en la normativa correspondiente.

3. Sistematizar los distintos tipos de iniciativas objeto del decreto.

4. Determinar los criterios y procedimientos para la acreditación de las actividades comprendidas en las diferentes iniciativas.

5. Organizar un registro de iniciativas, redes y entidades que operen en el ámbito de la soberanía y la sostenibilidad alimentarias.

6. Regular los derechos y obligaciones de las iniciativas reconocidas.

7. Prever mecanismos de control y supervisión de las iniciativas acreditadas y la aplicación de medidas que procedan en su caso.

8. Contribuir al reto demográfico creando redes que favorecen la fijación de población en el medio rural.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

No existe una norma de similares características ni tampoco posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO

Fase de Retorno

En la Fase Retorno ponemos fin a la Consulta Pública Previa. En esta fase exponemos un Informe con los resultados de la Consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Aquí tienes disponible la documentación.