Consulta Pública Previa sobre el Anteproyecto de Ley de Industria de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo - Estado: Abierto

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1832

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

El Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas:

-Art. 31.1.26ª: en materia de industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar y las normas relacionadas con las industrias que están sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos y energía nuclear. El ejercicio de la competencia se realizará de acuerdo con las bases de la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y números 11 y 13 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución;

- Art. 31.1.28ª: en materia de procedimiento administrativo derivado de las especialidades de su organización propia.

Por otro lado, aún sigue vigente, a nivel estatal, la Ley 21/1992, de 16 de julio de Industria, que establece que sus disposiciones se articulan en el marco delimitado por los preceptos que se exponen de la Constitución Española de 1978, (C.E.), en la cual no hay referencia expresa a la industria, pero si a la actividad económica de cuyo conjunto forma parte la industria. En este sentido la citada norma legal se enmarca en los artículos 38, 40.1, 130.1, 139.2, 51.1 y 45.2 de la C.E.

Actualmente se encuentra en tramitación parlamentaria el Proyecto de Ley de Industria y Autonomía Estratégica aprobado por el Consejo de Ministros el 10/12/2024 y remitido al Congreso de los Diputados.

 

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La actual Ley estatal de Industria data de 1992. Desde entonces son evidentes los grandes cambios experimentados, tanto políticos (modificación de los tratados que han transformado la Comunidad Económica Europea, a los normativos, que inciden en nuevos ámbitos de actuación pública con especial transcendencia en la industria, como el apoyo a la transición energética, la lucha contra el cambio climático, la economía circular, etc.. En estos 30 años también se han producido cambios relevantes que han impactado directamente sobre la industria, como son los nuevos desarrollos tecnológicos, el avance digital, la universalización de internet, la implantación de las plataformas, la IA o la globalización.

La Ley debe dar una respuesta en clave regional a la nueva estrategia industrial europea y nacional, recogiendo las recomendaciones del Consejo Europeo,  y contemplando las necesidades del sector industrial de nuestra región, estableciendo el marco adecuado para estimular la competitividad de la industria, reforzando su capacidad de generar empleo de calidad, fomentando su eficiencia energética, impulsando su capacidad de innovación y apostando por la transición hacia una economía circular, a la vez que redunda en una mejor vertebración económica de Castilla-La Mancha.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Con la pandemia han aflorado deficiencias y fortalezas de nuestra economía, evidenciado los problemas de la dependencia externa en materiales básicos, y se ha puesto de relieve la necesidad imperiosa de fortalecer y situar en un primer plano la base industrial regional, española y europea. Tenemos, por tanto, que desarrollar normativas conducentes a dotar de mayor resiliencia y robustez a la industria regional, española y europea.

La fortaleza industrial de Europa se ha situado en primera línea de prioridad y es un vector clave del plan europeo de recuperación económica, “Next Generation EU”, que facilita inversiones masivas para reforzar y acortar las cadenas de valor. Ello deberá acompañarse de las necesarias cualificaciones y capacidades en los recursos humanos para abordar tales cambios.

Objetivos de la norma:

La nueva Ley de Industria debe dar respuesta a la cobertura de las necesidades y de los grandes retos descritos con anterioridad, siendo el objetivo de ésta, no solo regular la actividad industrial en Castilla-La Mancha, sino establecer los objetivos y procedimientos de promoción industrial que permitan la adecuada, eficiente y rápida adaptación y transformación de nuestra industria para hacer frente a todos estos cambios y situaciones presentes y futuras.

También deben tenerse en cuenta las especiales circunstancias de las pequeñas y medianas empresas industriales a través de un tratamiento diferencial, que apoye y fomente el emprendimiento, siendo las PYMEs esenciales para el futuro desarrollo industrial de nuestra región.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

La alternativa a la presente propuesta normativa es la no regulación legislativa autonómica, a expensas del futuro desarrollo de una nueva Ley de Industria estatal.

No obstante, dadas las incertidumbres en la tramitación de esa norma, junto con que la solución adoptada por la mayoría de las Comunidades Autónomas es establecer una regulación propia para dar cumplimiento a los objetivos apuntados; a juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta los objetivos que se pretenden, así como para garantizar una mayor seguridad y trasparencia para los operadores jurídicos, lo más conveniente sería la elaboración de un texto legislativo regional

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