Consulta Pública Previa sobre el proyecto de Decreto Legislativo del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.

Organismo: Consejería de Fomento - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1210

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 28 de febrero de 2017, adoptó medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

La normativa autonómica vigente de rango legal en materia de urbanismo está constituida por el Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, que, desde su entrada en vigor, ha sido modificado por las siguientes normas:

  • La Ley 8/2014, de 20 de noviembre, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha.
  • La Ley 3/2016, de 5 de mayo, de Medidas Administrativas y Tributarias de Castilla-La Mancha.
  • La Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas.
  • La Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.
  • La Ley 1/2021, de 12 de febrero, de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas.

Esta última norma lleva a cabo una ambiciosa modificación del vigente Texto refundido que afecta a 60 preceptos incluyendo asimismo una modificación de la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

El principal problema que se pretende solventar con la elaboración de un texto refundido es clarificar el marco normativo en materia de urbanismo que se ha visto repetidamente alterado.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

El texto responde a la necesidad de dar cumplimiento al mandato contenido en la Disposición final primera “Otorgamiento de delegación legislativa” de la Ley 1/2021, de 12 de febrero, de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas, que autoriza al Consejo de Gobierno a elaborar y aprobar un texto único del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, que incorpore las modificaciones introducidas en él por la citada ley.

La autorización de refundición, que comprende también la regularización, aclaración y armonización de las disposiciones legales objeto de la misma, deberá ejercerse en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de esta norma.

Objetivos de la norma:

La refundición a llevar a cabo no es una mera consolidación sino una tarea técnica dirigida a sustituir disposiciones con rango legal vigentes, derogándolas, por un único texto normativo que las regularice, aclare y armonice de modo entendible, sistemático y coherente.

Ello supone la posibilidad de alterar la sistemática de la ley y la literalidad de los textos para su depuración, clarificación y armonización, pero sin que el texto refundido que se apruebe pueda incluir innovaciones o modificaciones del marco legal refundido, introducir nuevos mandatos jurídicos inexistentes con anterioridad o excluir mandatos jurídicos vigentes (tal y como ha señalado el Consejo de Estado, entre otros, en su dictamen 1.019/2015, de 15 de octubre).

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

No se han planteado alternativas no regulatorias dado que la elaboración del texto obedece al mandato contenido en la Disposición final primera “Otorgamiento de delegación legislativa” de la Ley 1/2021, de 12 de febrero, de Simplificación Urbanística y Medidas Administrativas.

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Fase de Retorno

En la Fase Retorno ponemos fin a la Consulta Pública Previa. En esta fase exponemos un Informe con los resultados de la Consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Puedes consultar más información sobre la elaboración de esta norma en el siguiente enlace.

Documentos de consulta