Estructura organizativa de la participación en el ámbito de la Administración Regional
Según la Ley de Participación de Castilla-La Mancha, forman parte de dicha estructura:
1. Las Unidades de Participación.
Son las unidades que, bajo la dependencia orgánica y funcional de las Secretarías Generales de las Consejerías u órganos equivalentes, ejercerán las funciones de coordinación, dirección y desarrollo de los procedimientos participativos impulsados por aquellas.
2. La Comisión Interdepartamental de Participación Ciudadana.
Está integrada por representantes de todas las Consejerías de la Administración regional. Ejerce, entre otras, las funciones de impulso y coordinación en la implementación, a nivel regional, de las medidas que en materia de participación se derivan de la ley, así como la elaboración de la propuesta del Programa Anual de Participación Ciudadana que ha de ser aprobado por el Consejo de Gobierno y el seguimiento de su desarrollo. La Comisión puede dictar instrucciones y fijar criterios, tanto respecto a la implementación de la participación, como de las modificaciones normativas que la misma exija para su desarrollo.
3. La Oficina de Transparencia, Integridad y Participación (+info).
Es el órgano, dependiente de la Vicepresidencia, a quien le corresponde el diseño, coordinación, evaluación y seguimiento de las políticas de participación, así como la gestión del Portal de Participación Ciudadana, con el fin de promover la intervención y relación activa entre las personas titulares del derecho a la participación y la Administración regional.