La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Inicio
A través de este espacio se pretende:
-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.
-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.
-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.
-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:
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Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento
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Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.
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Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Participación
Antecedentes de la norma:Europa alberga una biodiversidad sorprendentemente alta, resultado de la notable variabilidad de condiciones climáticas, topográficas y geológicas que se convergen en el continente. En este escenario, además, la naturaleza ha coexistido con la actividad humana durante siglos, lo que ha dado lugar a la formación de paisajes y a la aparición de hábitats seminaturales, fruto de una larga interacción cultural e histórica entre el ser humano y la naturaleza.
En los años 70 del siglo pasado, la comunidad internacional comenzó a centrar su atención en la degradación del medio natural causada por la actividad humana, y algunos países comenzaron a regular legalmente cuestiones relativas a la protección del medio ambiente. Desafortunadamente, estas iniciativas no supusieron un freno al proceso de pérdida de la biodiversidad europea, lo que reveló la necesidad de formular un mecanismo integral para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales de forma compatible con la conservación de la biodiversidad en el territorio europeo.
Así, el Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y del medio natural de Europa (Convenio de Berna) de 1979, ratificado por la Unión Europea, estableció las bases de la Red Natura 2000, al formular como objetivo el de fomentar la cooperación entre los Estados signatarios, con el fin de garantizar la conservación de la flora y de la fauna silvestre, y de sus hábitats naturales, así como proteger las especies migratorias amenazadas de extinción. Esta filosofía fue inicialmente recogida en la Directiva 79/409/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres (en adelante Directiva Aves) -actualizada y consolidada por la Directiva 2009/147/CE-, y posteriormente ampliada a la protección de los hábitats y de otros grupos de especies con la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (en adelante Directiva Hábitats), por la que se establece la Red Natura 2000.
La Red Natura 2000 es una herramienta clave para la protección de la biodiversidad de la UE frente al impacto de las actividades humanas. Su finalidad es garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres de Europa, mediante el mantenimiento o restablecimiento de su estado de conservación favorable, para lo que se crea una gran red de espacios naturales a nivel europeo con unos objetivos específicos de conservación.
En su definición, la Red Natura 2000 es una red ecológica europea de áreas protegidas para la conservación de la biodiversidad que está integrada por los Lugares de Interés Comunitario (LIC) creados en virtud de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la Conservación de los Hábitat Naturales y la Flora y la Fauna Silvestres (Directiva Hábitats), que cuando cuentan con plan de gestión constituyen Zonas de Especial Conservación (ZEC) y las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), establecidas según las disposiciones de la Directiva 2009/147/CEE, relativa a la conservación de las Aves Silvestres (Directiva Aves).
En España, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, es la norma principal que transpone al ordenamiento jurídico español las dos directivas, de Aves y Hábitats. En ella, se ha unificado la denominación del conjunto de LIC, ZEC y ZEPA, bajo la etiqueta de espacios protegidos Red Natura 2000, que siguen manteniendo su tipología, pero se someten a un similar régimen jurídico. El artículo 46 de la Ley 42/2007 establece que respecto de las ZEC y las ZEPA, las Comunidades autónomas, en el ámbito de sus competencias, fijarán las medidas de conservación necesarias, que respondan a las exigencias ecológicas de los tipos de hábitats naturales y de las especies presentes en tales áreas, que implicarán adecuados planes o instrumentos de gestión, específicos a los lugares o integrados en otros planes de desarrollo que incluyan, al menos, los objetivos de conservación del lugar y apropiadas medidas dirigidas para mantener los espacios protegidos Red Natura 2000 en un estado de conservación favorable.
El proceso de definición de la Red Natura 2000 en Castilla-La Mancha, se inició en el año 1989 con la designación de ocho espacios ZEPA. Posteriormente, en 1997, por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha de 16 de diciembre, se propusieron a la Comisión Europea, un total de 66 LIC y 26 ZEPA que englobaban las 8 ZEPA anteriormente designadas. Los años siguientes se incluyeron nuevas propuestas y en el año 2006, mediante la Decisión de la Comisión de 16 de julio de 2006, se adopta, de conformidad con la Directiva 92/43/CEE del Consejo, la lista de lugares de importancia comunitaria de la Región Biogeográfica Mediterránea, dando validez a los 72 LIC propuestos por Castilla-La Mancha.
Tras estos acontecimientos, han sido modificados e incorporados otra serie de espacios, hasta alcanzar la disposición actual de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha, que incluye 112 espacios protegidos Red Natura 2000 (1 LIC, 72 ZEC y 39 ZEPA). En su conjunto, integrando las superficies superpuestas entre ambas figuras, alcanza una superficie total 1.838.451 hectáreas, lo que representa el 23 % del territorio regional y el 13 % del territorio de la Red Natura 2000 en España, cifras claramente superiores a la mayoría de las regiones integrantes de la Comunidad Europea, lo que pone de manifiesto la elevada biodiversidad y gran valor natural del territorio castellanomanchego. En la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha se incluyen representaciones de todas las grandes unidades geomorfológicas y paisajísticas existentes a nivel regional, y se integran un total de 65 hábitats de interés comunitario, 60 especies del anexo II de la Directiva Hábitats y 169 aves incluidas en el artículo 4 de la Directiva Aves.
El proceso de elaboración de los planes de gestión de los espacios protegidos de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha se inició en 2012 y finalizó en 2017 dando lugar a la aprobación de 74 planes de gestión específicos de cada uno de los lugares, excepto el plan de conservación de las ZEPA de ambientes esteparios que cubrió 8 espacios ZEPA, el cual ha sido recientemente revisado a través de la Orden 72/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se aprueba la revisión del plan de gestión de las zonas de especial protección para las aves de ambientes esteparios en Castilla-La Mancha. Desde la aprobación de los planes de gestión, en muchos casos, ha habido una mejora del conocimiento sobre los objetos de conservación, así como cierta estandarización en la delimitación de las aves migratorias de presencia regular no incluidas en el Anexo I de la Directiva Aves a nivel de región biogeográfica para cada Estado miembro.
Tal y como se expresa en los fundamentos normativos referidos anteriormente y las evidencias científicas, la pérdida de biodiversidad y el colapso de los ecosistemas se encuentran entre las mayores amenazas a las que se enfrenta la humanidad en la próxima década. La Red Natura 2000 representa un papel clave en el objetivo de detener el alarmante ritmo actual de pérdida de biodiversidad.
A fin de contribuir a una mejora de la gestión efectiva de los espacios protegidos, el Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a 2030 planteó una revisión de las Directrices de gestión para los espacios de la Red Natura 2000 elaboradas en 2011, que han sido aprobadas a través Conferencia Sectorial de Medio Ambiente en su reunión de 27 de julio de 2024 y publicadas en su Resolución de 19 de septiembre de 2024 de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Mediante estas directrices, se fomenta una mejora en el conocimiento de las especies y los tipos de hábitat de dichos espacios y se impulsa a la aprobación e implantación de instrumentos de gestión eficaces en toda la Red Natura 2000 en España, en los que se definan con claridad sus objetivos y medidas de conservación.
En la planificación de su gestión deben conciliarse las obligaciones e intereses públicos de protección con la idiosincrasia del territorio y las actividades que constituyen el medio de vida de sus habitantes. En este sentido, la planificación de la gestión de los espacios de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha, se fundamentó en el establecimiento de medidas de conservación para Elementos Clave configurados según los objetos de conservación más relevantes, pero que, en su conjunto, no abarcaban todos los objetos de conservación con presencia significativa recogidos en el formulario normalizado de datos de los espacios.
Por todo ello, Castilla-La Mancha plantea el desarrollo de un Plan Director de la Red Natura 2000 que ejerza como instrumento básico para la futura gestión de la Red a nivel regional y sirva de marco de referencia coherente para la progresiva actualización de los planes de gestión específicos de los espacios Natura 2000, basándose y considerando las Directrices de gestión para los espacios de la Red Natura 2000 aprobadas en 2024.
Además, de su aportación para el cumplimiento de las Directivas de Hábitat y Aves, así como la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, facilitará la inclusión de las Directrices de gestión para los espacios de la Red Natura 2000, que se tendrán en cuenta en la revisión y actualización de los planes de gestión de los espacios de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
Asimismo, la nueva definición y propuesta de Elementos Clave a considerar en las futuras revisiones de los planes de gestión facilitará el establecimiento de las medidas y actuaciones coherentes en todo el territorio, unificando y simplificando la gestión y posterior reporte del estado de conservación de todos los elementos en los espacios incluidos en las Directivas Hábitats y Aves.
Con el fin dar cumplimiento a las obligaciones legales referidas, se plantean cuatro objetivos principales que se desarrollan a través de los correspondientes objetivos operativos, que para alcanzarse necesitarán que se lleven a cabo una serie de actuaciones durante el periodo de vigencia del Plan Director, y que se desarrollarán y concretarán en la revisión de los planes de gestión para cada uno de los espacios que constituyen la Red Natura 2000 regional:
- Promover una gestión planificada, efectiva y coherente de los espacios protegidos de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
a1. Aprobar y/o actualizar normativamente, para todos los espacios protegidos de la Red Natura 2000, instrumentos de gestión, que respondan a los criterios mínimos de gestión coordinada y coherente.
Para ello, se pretende impulsar la redacción y aprobación de instrumentos de gestión en cada caso fundamentados en la mejor información científica disponible y acordes a las Directivas Hábitats y Aves. Además, cobrará una importancia notable la difusión de ejemplos de buenas prácticas o casos piloto de planificación participativa, de carácter demostrativo.
a2. Promover un sistema de zonificación armonizado para los espacios protegidos de la Red, siempre que sea apropiado.
Lo cual puede conseguirse mediante la elaboración de recomendaciones para la zonificación en espacios de la Red Natura 2000 a través del desarrollo de una propuesta de criterios comunes de zonificación que contribuya a los objetivos de conservación de los diferentes espacios.
- Promover una Red Natura 2000 ecológicamente coherente, que contribuya a la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad de Castilla-La Mancha.
b1. Consolidar una red ecológicamente coherente, en términos de representatividad ecológica, replicación, adecuación y conectividad entre espacios.
De tal forma, que se lleve a cabo la incorporación de análisis de potenciales corredores ecológicos y de conectividad en los que se integre la Red Natura 2000, así como, la evaluación de la coherencia de la red a partir de los análisis de representatividad, conectividad, adecuación y replicación realizados.
b2. Contribuir al estado de conservación favorable de las especies, hábitats y ecosistemas presentes en los espacios protegidos de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
Con ese propósito, se impulsarán herramientas de gestión que desarrollen actuaciones que favorezcan el estado de conservación favorable de los hábitats y especies que integran la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha, de acuerdo con los parámetros y los descriptores establecidos por las Directivas Hábitats y Aves. Asimismo, se aplicarán metodologías coherentes con los estándares de datos requeridos para el manejo de información.
b3. Asegurar la compatibilidad de los usos y actividades que se desarrollan en los espacios protegidos con sus objetivos de conservación.
Mediante el desarrollo de buenas prácticas para el uso recreativo y turístico sostenible en los espacios protegidos de la Red Natura 2000, la evaluación de interacciones e impacto de distintas actividades sobre los valores de conservación de los espacios de la Red Natura 2000, así como, con el impulso de proyectos de compatibilización de actividades humanas con la conservación de los hábitats y las especies de la Red Natura 2000.
- Evaluar la eficacia de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
c1. Evaluar periódicamente el cumplimiento de los objetivos de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha y considerar los resultados de las evaluaciones para una gestión adaptativa.
Con este fin, se elaborará un informe periódico de situación de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha y se desarrollaran métodos basados en indicadores para la evaluación de la eficacia de los espacios de la Red Natura 2000 en su conjunto.
- Divulgar el valor de la conservación de los espacios protegidos de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
d1. Facilitar a la sociedad la información disponible sobre la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
Para ello, se desarrollarán los materiales para campañas de información y sensibilización de los valores de la Red Natura 2000 de Castilla-La Mancha.
En definitiva, el objetivo general recogido en el Plan Director será mantener o alcanzar un estado de conservación favorable o los niveles poblacionales y una tendencia positiva para el caso de las aves, que será evaluado a través de los informes sexenales del artículo 12 de la Directiva Aves y del artículo 17 de la Directiva Hábitats.
En razón a lo antedicho no es posible contemplar alternativas a la elaboración de esta norma, ya que se trata de cumplir con las exigencias legales medioambientales tanto europeas como nacionales.
Por todo lo anteriormente expuesto y para conseguir los objetivos previstos, es básica la elaboración de esta planificación, y formulamos esta consulta pública para que las personas interesadas puedan exponer sus propuestas y aportar sugerencias.