Proceso de participación: Proceso participativo del proyecto de Decreto por el que se regula la orientación académica, educativa y profesional en la comunidad autónoma de Castilla-La ManchaFechas de participación:
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En este espacio tienes disponible, para realizar las aportaciones que estimes oportunas, información referente al Capítulo I Disposiciones generales (art. 1 a 3)
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Laura PTSC
Mié, 30/03/2022 - 14:02
Disposiciones generales
Artículo 5. Desarrollo de la acción tutorial
Desde el Equipo de Orientación y Apoyo o el Departamento de Orientación, se elaborará una propuesta de actuaciones, recogidas en el Plan de Acción Tutorial, que recoja las aportaciones de la Comisión de Coordinación Pedagógica, el Claustro y el Consejo Escolar.
En el horario lectivo se tendrá en cuenta la hora de tutoría al alumnado tanto en Primaria como en Secundaria (en colaboración por el profesional de Orientación y/o el Profesional de Formación Profesional de Servicios a la Comunidad).
Artículo 7. Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano.
Los Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad, pertenecientes a centros educativos, en coordinación con los diferentes sectores de la comunidad educativa, establecerán procesos de identificación de barreras presentes en el contexto educativo, familiar y socio comunitario que permiten detectar, de forma preventiva, situaciones de riesgo de absentismo, fracaso y abandono educativo temprano.
Una vez identificado el alumnado vulnerable de absentismo, fracaso y abandono educativo temprano, los Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad, en coordinación con el resto de profesionales de su centro educativo, desarrollarán actuaciones y medidas que puedan dar respuesta a las diferentes situaciones y circunstancias del alumnado en el entorno educativo.
Artículo 8. Mejora de la Convivencia a través de la participación de la comunidad educativa.
En función de las necesidades de los centros en materia de convivencia, la Consejería de Educación podrá reforzar con la atención directa de los Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad, como Coordinadores de Bienestar y Protección a la infancia y la adolescencia, con el fin de favorecer la adecuada gestión y mejora de la convivencia, estableciendo fórmulas para el reconocimiento de los miembros de la comunidad educativa que participen activamente en la vida del centro y en la resolución positiva de conflictos.
Artículo 12. Relaciones con el entorno y coordinación con otros agentes, servicios, entidades e instituciones.
Los Profesores Técnicos de Servicios a la Comunidad de los centros educativos, desarrollarán actuaciones que contemplen las medidas de coordinación con diferentes servicios educativos, sanitarios, sociales, culturales y laborales del entorno, que contribuyan al desarrollo educativo personalizado de todo el alumnado y al desarrollo de los diferentes ámbitos de la orientación educativa.
CADA.RED
Mié, 30/03/2022 - 19:57
Página 5.5: … para contribuir a la calidad y mejora del sistema
Es clave saber cómo controlarán este aspecto tanto la administración como los propios centros, con qué metodología, con qué objetivos e indicadores de calidad y mejora, mejorar para llegar a dónde... ¿Dónde están recogidos esos aspectos del sistema educativo de CLM ligados al sistema educativo estatal?
CADA.RED
Mié, 30/03/2022 - 20:00
Principios página 5
b) Principio de prevención. Supone anticiparse a la aparición de barreras para la presencia, participación y aprendizaje del alumnado y la promoción de la convivencia basada en valores de equidad, igualdad, respeto a la diferencia, diálogo, solidaridad, tolerancia y justicia propios de una sociedad inclusiva y democrática.
Incluiríamos no solo anticiparse a la aparición de barreras sino también a la búsqueda continua de éstas y como consecuencia la planificación e implantación de cambios en la cultura, las políticas y las prácticas.
c) Principio de personalización del proceso de enseñanza, aprendizaje y evaluación: constituye un proceso continuo de atención personalizada desde la accesibilidad universal y el diseño para todos teniendo en cuenta las características individuales, familiares y sociales del alumnado, así como del contexto socio-educativo.
Pensamos que la accesibilidad universal (está muy bien no hablar del DUA, este es parte de la AU) y el diseño para todos es parte del anterior principio, el b) de prevención.
En este principio de “personalización” se deberían incluir dos procesos paralelos:
- Los procesos de elaboración y puesta en marcha de la planificación de ajustes y apoyos personalizados, a los que tiene derecho cada alumno cuando las barreras a la presencia, participación y aprendizaje son insalvables. No basta con prevenir y eliminar barreras, cuando las barreras que existen son insalvables para un alumno concreto y no se pueden eliminar, éste tiene derecho a un sistema de ajustes y apoyos individualizados que necesite para estar, participar y aprender con los compañeros, en el mismo espacio y en las mismas condiciones que sus compañeros, a esto se le llama equidad, sin estos procesos no se puede hablar de equidad, ni de dignidad, ni de derechos, este es el principal derecho para cada persona, y obligación para el estado, asegurar la provisión de un sistema de ajustes y apoyos personalizados, cuando se necesite, para el acceso a todos los derechos, incluida la educación inclusiva de calidad.
- Los procesos de detección y apoyo a las “condiciones de educabilidad” de todo y cada uno del alumnado, la escuela no es una isla, es parte fundamental de la comunidad donde está situada y como tal responsable de aportar a su mejora.
Plena inclusión C-LM
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Plena inclusión C-LM
Lun, 04/04/2022 - 15:02
Capítulo II Disposiciones generales
Se percibe un incremento de las funciones respecto a anteriores normativas, sin un incremento presupuestario aparejado o una reducción de otras funciones.
· No aparece de manera expresa la figura del orientador en los CEEs. En este tema se hace al final del escrito una propuesta concreta.
Cuando se hace alusión a los orientadores de los centros, se hace referencia únicamente a la terminología de los centros ordinarios, sin aparecer expresamente los centros de educación especial.
· El principio de prevención al que alude el decreto y que entendemos capital, no es coherente con muchas de las acciones que se están llevando actualmente por parte de los actores del sistema educativo. En el plano de la educación especial, la sola idea de la tutorización ya llega tarde al problema.
Debemos actuar sobre la cultura, políticas y prácticas de cada centro educativo, con la idea de que la exclusión es un problema de interacción entre el centro y el alumno. Debemos evitar pensar que el problema es del alumno. Cada alumno tiene derecho a unos ajustes y unos apoyos personalizados que eliminen este problema de funcionamiento con un propósito claro de estar, participar y aprender.
De igual manera, las medidas coercitivas o sancionadoras para mejorar la convivencia son incoherentes y nada preventivas. Nos parece acertada toda propuesta que vaya en la dirección de generar acuerdos en las normas con la comunidad educativa y desarrollar el modelo dialógico de resolución de conflictos.
· Al comienzo del decreto da la impresión de que el equipo de orientación debe guiar al resto del centro en el camino hacia la inclusión, cuando esto tiene que ser función básica del equipo directivo con el seguimiento del claustro, eso sí, con el acompañamiento y asesoramiento del equipo de orientación. Los tutores de los alumnos son, sin duda, la pieza clave de la inclusión ya que van a ser ellos quienes pasen el mayor tiempo con los alumnos y por tanto los protagonistas (desde el punto de vista profesional) de los cambios.
· Se echa de menos una mayor concreción de las funciones de la red de apoyo y asesoramiento a la orientación, convivencia e inclusión educativa. Aunque entendemos que no es cometido del decreto abordar cuestiones tan precisas, pensamos que ya en dos decretos que distan varios años entre sí está citada esta red, pero sigue sin delimitarse sus funciones en ninguna orden ni instrucción.
· En muchos puntos se habla de coordinación, cuando entendemos que es colaboración, que va más allá de solo estar coordinados. La educación con calidad solo puede producirse cuando los diferentes estamentos del centro colaboran, es decir, realizan un trabajo conjunto, dentro de un marco de horizontalidad, basado en un horizonte común.
· Propuesta de mejora del Artículo 5.1 b
Desarrollar actitudes positivas hacia sí mismos, fomentar la autoestima, el comportamiento responsable sentido de la responsabilidad, las capacidades de autorregulación, y la autonomía en el conjunto del alumnado.
· El artículo 6, donde se recoge el proceso de la enseñanza y aprendizaje desde un enfoque inclusivo es exiguo. Entendemos que se debe hacer referencia a la generación de planes de mejora en esta dirección, bajo el liderazgo del equipo directivo, el asesoramiento del EOA y con la participación de todo el profesorado, junto a las familias y el alumnado.
· Muchos artículos desarrollados no son específicos de la orientación, sino de la comunidad educativa en su conjunto con el liderazgo de la dirección: Artículos 5 al 9.
· El artículo 13 no pauta las actuaciones a realizar desde la orientación educativa en los procesos de innovación, desarrollo tecnológico e investigación. Este artículo tal y como está redactado tiene más sentido en las órdenes de funcionamiento de centros en las funciones del equipo directivo.