Consulta Pública Previa sobre el Proyecto de Decreto de la Ampliación del Refugio de Fauna "Los Barranquillos" en la provincia de Ciudad Real

Organismo: Consejería de Desarrollo Sostenible - Estado: Abierto

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1963

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

Con fecha 3 de agosto de 2001 se publicó en el DOCM nº 87 el Acuerdo de 03-07-2001, del Consejo de Gobierno, por el que se declaraba refugio de fauna la finca denominada “Los Barranquillos”, situada en los términos municipales de Castellar de Santiago y de Torre de Juan Abad, en la provincia de Ciudad Real.
Con fecha 16 de febrero de 2024, el propietario de las parcelas 32, 34 y 27 del polígono 18, del término municipal de Castellar de Santiago (C. Real) y colindantes con el refugio de fauna Los Barranquillos, solicitó formalmente a esta Consejería de Desarrollo Sostenible, la inclusión de dichas parcelas en el Refugio de Fauna de Los Barranquillos, en base a los siguientes argumentos:

1º) Las parcelas referidas son colindantes con el actual “Refugio de Fauna Los Barranquillos”, por lo que supondría una ampliación del mismo, para lo cual cuenta con el consentimiento verbal de su propietario.

2º) Se compromete a cumplir en toda su extensión lo establecido en el artículo 54 de la ley reguladora de estos espacios (Ley 9/1999 de Conservación de la Naturaleza).

3º) Manifiesta su firme compromiso de realizar las acciones oportunas para procurar el bienestar y la protección tanto de la fauna como de la flora existente, no realizando ninguna actividad que suponga un deterioro de la misma.

Esta argumentación, que ha sido debidamente acreditada, cumple las condiciones contenidas en el artículo 54 bis de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, para que el propietario de un terreno solicite su declaración como refugio de fauna.  
La Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, realiza un reconocimiento jurídico expreso de los refugios de fauna, incluyéndolos dentro de la figura autonómica de protección denominada “Zona Sensible”, regulada por los artículos 54 a 59 de dicha Ley 9/1999. Según el artículo 54 apartado e) y el artículo 54 bis apartado d), en los refugios de caza queda establecida la prohibición con carácter permanente del ejercicio de la caza, no pudiendo formar parte su territorio de terrenos cinegéticos.
Considerando los valores ambientales de la zona, en especial para la fauna protegida, y según lo dispuesto en el artículo 54 bis, de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza, que regula el procedimiento y régimen jurídico para la declaración de refugios de fauna, se está estudiando la declaración de ampliación del Refugio de Fauna “Los Barranquillos” mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Consecuentemente con lo anterior, y en cumplimiento del Acuerdo de 1 de febrero de 2022 del Consejo de Gobierno, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa prevista en el artículo 133.1 y 133.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se somete por la presente a consulta pública previa el proyecto de decreto del consejo de gobierno de la mencionada ampliación del refugio de fauna “Los Barranquillos”, en la provincia de Ciudad Real.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

El Refugio de Fauna “Los Barranquillos” presenta en la actualidad una grave problemática ligada al ejercicio de la caza furtiva. Se ha podido averiguar que el origen de dicha práctica proviene de algunas parcelas colindantes al Refugio de Fauna, en el término municipal de Castellar de Santiago; las parcelas objeto de la presente ampliación constituyen el principal punto de acceso de los cazadores furtivos al Refugio de Fauna, para ejercer dicha actividad ilegal. 

Con la ampliación del Refugio de Fauna se podrá, si no eliminar, si minimizar los efectos de dicha actividad ilegal, mediante un mayor control de la actividad humana y de los movimientos de fauna en las parcelas implicadas. 

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

El Refugio de Fauna Los Barranquillos alberga una rica diversidad de hábitats y especies. Está ubicado dentro del extenso espacio ZEC y ZEPA “Sierra Morena” de la red Natura 2000, con código ES0000090. Existen en el Refugio cinco tipos de hábitats de interés para la conservación incluidos en el Anexo I de la Directiva Europea 92/43/CEE (el número corresponde con el código NATURA 2000 asignado en el citado anexo): (3.170 masas de agua temporales mediterráneas), (8.220 laderas rocosas silíceas con vegetación casmofítica), (8.230 Laderas rocosas con vegetación casmofítica), (92A0 Bosques de galería dominados por Salix alba y Populus alba), y (9.340 bosques de Quercus ilex subsp. ballota). El Refugio también alberga 42 especies de árboles y arbustos, incluidas tres especies protegidas por la normativa de conservación autonómica: (Acer monspessulanum, Pyrus bourgaeana y Phillyrea latifolia) y otras dos de alto valor de conservación (Arbutus unedo y Viburnum tinus). Las comunidades herbáceas incluyen 40 familias, 128 géneros y 164 especies (90 anuales y 74 perennes). Se han encontrado veinte especies de anfibios y reptiles, tres de las cuales son vulnerables (Salamandra salamandra, Emys orbicularis y Mauremys leprosa). La biodiversidad de avifauna es notablemente alta, con al menos 109 especies presentes. En la finca se han detectado veinte de las 48 especies de mamíferos que se encuentran en la región.
La abundancia de tres poblaciones de herbívoros (conejos, perdices y ciervos), se ha monitoreado sistemáticamente desde 2006 para evaluar el éxito de la conservación. Hay que señalar que la abundancia de estas poblaciones (en especial la de conejos) resulta  esencial en la dieta de varias especies de carnívoros altamente amenazados. Es importante destacar que la población de conejos dentro del refugio de fauna aumentó después de ese año. También se observa una tendencia positiva en el caso de las perdices, mientras que la abundancia del ciervo parece relativamente estable. Además, los programas de monitoreo de la biodiversidad descritos anteriormente avalan el éxito de las acciones de conservación.
El Refugio de Vida Silvestre Los Barranquillos contribuye a las estrategias de conservación regionales, incluidos los programas de conservación de la especie altamente amenazada Lynx pardinus (lince ibérico) y Aquila adalberti (águila imperial ibérica), ambas actualmente endémicas de la Península Ibérica y en peligro de extinción. El Refugio está situado en una denominada 'zona de especial interés' para la conservación de estas especies (Decretos 200/2001 y 275/2003 de la Junta de Castilla-La Mancha). En cuanto al águila imperial, al menos cinco parejas se reproducen en un radio de 10 kilómetros y suelen utilizar el Refugio como cazadero habitual. Además, el Refugio participa en la conservación de esta especie a través de un programa de custodia del territorio con SEO-BirdLife, y en otro con WWF-España para la conservación del lince. En el refugio se han liberado ejemplares de águila imperial provenientes del Centro de Recuperación de Fauna Silvestre “el Chaparrillo” de Ciudad Real, dependientes del Gobierno de Castilla-La Mancha (https://www.castillalamancha.es/actualidad/notasdeprensa/el-gobierno-de-castilla-la-mancha-libera-3-ejemplares-de-%C3%A1guila-real-e-imperial-que-se-suman-las-190). Desde 2014 también se han liberado en el Refugio doce linces ibéricos como parte de un programa de reintroducción. Una hembra de lince estableció recientemente su territorio parcialmente dentro del Refugio y otras cuatro en sus alrededores.
Una descripción de Los Barranquillos y la evolución que ha tenido desde su declaración como Refugio de Fauna se puede encontrar en el artículo científico: Leverkus AB, Benayas JMR, Solís P, Sierra JM. Enabling conditions for the implementation and conservation outcomes of a private nature reserve. Ecol Solut
Evidence. 2020; 1:e12019. https://doi.org/10.1002/2688-8319.12019

Objetivos de la norma:

1) Objetivos generales
- Mejorar o mantener el hábitat adecuado en las áreas donde se asientan las poblaciones de las especies de fauna mencionadas anteriormente y en aquellas otras con potencial de ser ocupadas.
- Mejor cumplimiento de los fines perseguidos con la declaración de 2001 del Refugio de Fauna “Los Barranquillos”.
- Aumentar los efectivos de las poblaciones de aves e incrementar el número de núcleos poblacionales/localidades de cría de las especies.
- Incrementar los conocimientos y las herramientas destinadas a la gestión aplicada de la conservación de las especies que realizan alguna fase de su ciclo vital en el refugio de fauna.
- Establecimiento de la prohibición con carácter permanente del ejercicio de la caza, no pudiendo formar parte su territorio de terrenos cinegéticos.

2) Objetivos operativos
- Poner en marcha acciones que minimicen o eliminen los factores de amenaza que afectan a las especies y contribuyan a mejorar su estado de conservación; en particular, la propuesta de ampliación del Refugio de Fauna actual deberá permitir a los agentes medioambientales del Servicio Provincial de Espacios Naturales disponer de un lugar privilegiado de acceso y vigilancia para minimizar el furtivismo en todo el Refugio de Fauna.
- Asegurar la conservación y mejora de los humedales incluidos en el Refugio de Fauna actual. 
- Favorecer el establecimiento de alguna pareja reproductora de linces dentro del territorio del refugio.
- Favorecer la nidificación de águila imperial ibérica en el territorio del refugio.
- Promover tareas de sensibilización y participación de la población local sobre los valores, importancia de la conservación de humedales, interés de las especies y en la aplicación de las actuaciones propuestas. 
 - Mejorar el conocimiento sobre las especies consideradas en Castilla-La Mancha, especialmente en aspectos directamente aplicables a su gestión y conservación.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

En razón a lo antedicho no es posible contemplar alternativas a la elaboración de esta norma, ya que se trata de favorecer el cumplimiento de las exigencias legales medioambientales tanto europeas como nacionales, aprovechando la situación estratégica de los terrenos de ampliación respecto del Refugio de Fauna actual, y de aplicar la regulación expuesta en los artículos 54 y 54 bis de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza.
Por todo lo anteriormente expuesto y para conseguir los objetivos previstos, es básica la elaboración de esta planificación, y formulamos esta consulta pública para que las personas interesadas puedan exponer sus propuestas y aportar sugerencias.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO