Línea 3 - Ámbitos de actuación de la orientación académica, educativa y profesional

En este espacio tienes disponible, para realizar las aportaciones que estimes oportunas, información referente al Capítulo II. Ámbitos de actuación de la orientación académica, educativa y profesional (art. 4 a 14).

 

.

Añadir nuevo comentario

Para poder participar necesitas acceder al portal con su usuario y contraseña. Puedes consultar más información de como participar en la sección "Cómo participar".

Consulta lo que otros han comentado

Helloween-75

Definir de manera más clara funciones PT,.AL, ATE,.etc

Se debería definir de manera más clara todas las funciones de los componentes del EOA,- DO, como son los especialistas en audición y lenguaje, pedagogía terapéutica, ATE,.PTSC, etc.
AlonsoQuijano

Ámbitos y funciones

Los ámbitos están muy diversificados, ya que se solapan actuaciones y lleva a confusión. Convendría agruparlos en: 
  1. - Acción tutorial.
  2. - Apoyo al proceso de e-a desde un enfoque inclusivo.
  3. - Convivencia y absentismo (la coeducación va implícita en la convivencia).
  4. - Orientación en la toma de decisiones.
  5. - Transición entre etapas y procesos de acogida de los diferentes integrantes de la comunidad educativa.
Las relaciones con el entorno, los procesos de innovación y el asesoramiento al equipo directivo van implícitos en los anteriores ámbitos.  Las funciones detalladas no están suficientemente concretadas y se pueden enmarcar en los diferentes ámbitos. Dentro de la acción tutorial conviene hacer referencia a la educación emocional. Una gran diversificación dificulta la concreción de las funciones de la orientación.
juani garcia

ESCUELAS INFANTILES

El Decreto es para todos los centro educativos sostenidos con fondos públicos, las escuelas infantiles son de titularidad autonómica y son centros educativos. PERO NO VEO POR NINGUN SITIO COMO SE VA A TRABAJAR EN ESTOS CENTROS EDUCATIVOS,POR PARTE DE ORIENTACION. HAY TUTORES DE AULA, HAY NIÑOS CON NECESIDADES ESPECIFICAS DE ATENCION EDUCATIVA, CON BARRERAS DE APRENDIZAJE. La primera etapa de 0-3 años es fundamental, y el la única que no cuenta con nigún servicio especializado en el centro educativo. Todas las normas autonómicas serán sometidas a un informe previo de de impacto de la infancia. TODAS LAS REFERIDAS A EDUCACIÓN IGNORAN EL 0-3. A a esta norma le habeís hecho ya el informe o todavía no???? DONDE APARECE ALGO RELATIVO A LAS INTERVENCIONES CON LOS NIÑOS DE 0-3 AÑOS. ¿¿¿¿DÓNDE???? NO se porque os molestais en cambiar tanto de normas , si las que elaborais no las llevais acabo y luego os olvidais de la etapa más importante para el desarrollo evolutivo de un niño.  
sareh

Ámbitos

Considero que el ámbito de "Coeducación y respeto a la diversidad afectivo- sexual" no es necesario como tal pues ya se trabaja dentro del ámbito de Acción tutorial y, a su vez, está implícito en el de la Mejora de la Convivencia a través de la participación activa de la comunidad educativa.
administracion@saludmentalclm.com - FEDERACIÓN SALUD MENTAL CASTILLA-LA MANCHA

Aportaciones a la Linea 3 desde la FSMCLM

Desde la Federación SM CLM queremos hacer las siguientes aportaciones a la Linea 3: Artículo 5. Desarrollo de la acción tutorial. Punto 1.f) Quedaría redactado así: Sensibilizar y fomentar en el conjunto del alumnado actitudes de tolerancia, solidaridad, prevención del acoso y el ciberacoso escolar, así como la prevención de la violencia de género, el respeto a las diferentes identidades y orientaciones sexuales y el respeto a las personas con discapacidad.   Artículo 6. Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje desde un enfoque inclusivo. Punto 2. Quedaría redactado así: La adopción de actuaciones y medidas de inclusión educativa a nivel de centro, aula, individualizadas y extraordinarias, se realizarán a través del Equipo Docente, responsable de tutoría y otros profesionales, con el asesoramiento del Equipo de Orientación y Apoyo o Departamento de Orientación y si procede, el resto de estructuras que conforman la Red de Asesoramiento y Apoyo a la Orientación, Convivencia e Inclusión Educativa. Habiendo sido informada la familia o tutores legales y contando con su conformidad.   Artículo 7. Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano. Punto 2. Quedaría redactado así: Una vez identificado el alumnado vulnerable de absentismo, fracaso y abandono educativo temprano, los centros educativos desarrollarán actuaciones y medidas que puedan dar respuesta a las diferentes situaciones y circunstancias del alumnado en el entorno educativo, desde una perspectiva inclusiva.   Artículo 8. Mejora de la Convivencia a través de la participación de la comunidad educativa. Punto 1. Quedaría redactado así: Los centros educativos regularán la convivencia, a través de las normas de Convivencia, Organización y Funcionamiento de centro y aula, así como mediante la elaboración de los respectivos Planes de Convivencia en el marco del desarrollo del Proyecto Educativo, siempre desde el principio de inclusión. Punto 4.d) Quedaría redactado así: Espacios de encuentro inclusivos de los distintos órganos de participación en el centro, tales como la convocatoria de la Junta de Delegados y Delegadas de clase y dinamización de la creación de reuniones, 40 asambleas, comisiones mixtas de trabajo, asociaciones o cuantas fomenten la colaboración de la comunidad educativa.   Artículo 10. Orientación en la toma de decisiones para el desarrollo académico, educativo y profesional. Punto 1. Quedaría redactado así: Los Centros Educativos sostenidos con fondos públicos incorporarán en los distintos documentos programáticos del centro la planificación de las actuaciones de orientación académica, educativa y profesional a desarrollar a nivel de centro educativo, a nivel de tutoría y a través del currículo de cada una de las materias. Siempre desde el enfoque inclusivo. Punto 2.a) Quedaría redactado así: Acciones concretas para los diferentes niveles y enseñanzas a desarrollar tanto con el alumnado como con las familias, el profesorado y las empresas e instituciones del entorno académico y laboral. Siempre desde la perspectiva de inclusión. Punto 2.b) Quedaría redactado así: Programas de orientación académica y profesional centrados en el autoconocimiento, habilidades y competencias básicas para la búsqueda de información y la toma de decisiones, el trazado de itinerarios formativos y profesionales conducentes a nuevos aprendizajes y oportunidades laborales, una vez conocidas las estructuras y opciones del sistema educativo y laboral, las trayectorias académico- profesionales, la búsqueda activa de empleo y el emprendimiento, respetando las preferencias académicas y profesionales del alumnado. Punto 2.d) Quedaría redactado así: Procesos personalizados de orientación educativa y profesional desde el enfoque inclusivo que incorporarán la perspectiva de género y tendrán en cuenta sus intereses y motivaciones, incentivando en todo momento itinerarios formativos que les permita obtener la máxima titulación o cualificación profesional, así como la adquisición de las competencias necesarias para la gestión del proyecto de vida y de la carrera profesional. Punto 2.e) Quedaría redactado así: Los procesos personalizados de orientación académica, educativa y profesional para alumnado vulnerable y/o en riesgo de fracaso escolar, se desarrollarán mediante redes de apoyo entre el propio 30 alumnado, su familia y los distintos profesionales que intervienen en su proceso de desarrollo posibilitando un acompañamiento socioeducativo personalizado, con el objetivo de facilitar la continuación de los estudios y la inserción sociolaboral, respetando las preferencias académicas y profesionales del alumnado.   Artículo 11. Ámbito de actuación 7: Transición entre etapas y procesos de acogida del alumnado, profesorado y comunidad educativa. Punto 2.a) Quedaría redactado así: Se tendrán en cuenta las circunstancias por las que se produce la incorporación del alumnado al centro educativo, estableciendo procesos de traspaso de información y actuaciones e intervenciones conjuntas que favorezcan el mejor ajuste educativo. Se informará al alumnado y a la familia o tutores legales sobre el traspaso de información y actuaciones e intervenciones que se lleven a cabo con el alumnado. Punto 2.c) Quedaría redactado así: Se establecerán acuerdos entre los centros educativos de las zonas de adscripción con objeto de garantizar la continuidad del proceso formativo incorporando el ajuste de medidas inclusivas organizativas y curriculares que faciliten la transición entre centros, y etapas educativas con objeto de favorecer de forma coordinada el desarrollo competencial del alumnado.   Artículo 13. Procesos de innovación, desarrollo tecnológico e investigación. Punto 1. Quedaría redactado así: Los centros educativos recogerán en el Proyecto Educativo y el resto de documentos programáticos actuaciones de innovación, desarrollo tecnológico e investigación dirigidas a fomentar el desarrollo de los factores que favorecen la calidad de la enseñanza, desde un enfoque inclusivo, entre ellos: Punto 1.c) Quedaría redactado así: La optimización de los recursos educativos, respetando las necesidades reales del alumnado. Punto 1.e) Quedaría redactado así: El desarrollo y difusión de proyectos, experiencias y buenas prácticas inclusivas. Punto 1. f) Quedaría redactado así: La autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros partiendo desde la inclusión educativa. Punto 2. Quedaría redactado así: La Consejería con competencias en materia de educación promoverá y fomentará la participación del profesorado y de la comunidad educativa en el desarrollo de proyectos de innovación e investigación educativa, promoviendo convocatorias específicas de proyectos inclusivos y la difusión de experiencias de buenas prácticas en relación a la mejora de la calidad de la orientación, la convivencia, la igualdad, la equidad y la inclusión educativa y podrá identificar grupos de investigación e innovación educativa promoviendo centros o profesionales referentes y especializados para mejorar la práctica docente y los procesos educativos.
CADA.RED

Aportaciones al apartado en general

c) Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano. Redactarse así: c) Prevención del absentismo, fracaso, abandono educativo temprano y la segregación en cualquiera de sus tipos. f) Orientación en la toma de decisiones para el desarrollo académico, educativo y profesional. Poner “Orientación y apoyo…” para incluir no sólo la orientación, sino el apoyo en la toma de decisiones del alumno y la familia mediante metodologías de acompañamiento y no sólo de orientación. g) Transición entre etapas y procesos de acogida a los diferentes integrantes de la Comunidad Educativa. Añadir la despedida y acompañamiento, si es necesario, hacia otras etapas diferentes más allá del sistema educativo. Punto 3. …Al finalizar el curso académico se valorará el grado de ejecución y cumplimiento… En algún sitio se debería incluir un sistema de objetivos e indicadores de logro, no sólo evaluar el grado de ejecución y cumplimiento, podemos hacer muchas cosas pero no conseguir lo que pretendemos.
CADA.RED

Desarrollo de los ámbitos de actuación

Artículo 5.2.a) La tutoría en colaboración con las familias, es función de todo el profesorado, … Lo redactaríamos “La tutoría con la participación de las familias y el alumnado…” Artículo 5.2.e) La planificación, coordinación y evaluación de las actuaciones contempladas en la acción tutorial se realizará en los momentos y espacios que Jefatura de Estudios determine. Se debería determinar un mínimo de tiempo sin atención directa para este trabajo tan fundamental. Artículo 6. Apoyo al proceso de enseñanza y aprendizaje desde un enfoque inclusivo. En estos dos párrafos no deberían cerrarse sólo a los procesos de enseñanza y aprendizaje, sino a todos los ámbitos de la vida escolar y en relación con su comunidad de referencia. Es imprescindible que no sólo se limite a la detección de barreras al aprendizaje y al diseño accesible, así no podemos acercarnos a la escuela inclusiva y de calidad que buscamos, hacia la que tenemos obligación de avanzar. Tenemos que cambiar y para ello debemos de fijar unos objetivos claros e imprescindibles:
  • Búsqueda continua y permanente para detectar, disminuir o eliminar, si es posible, todas las barreras que el alumnado se encuentre o pueda encontrarse en todos y cada uno de sus procesos de presencia, participación y aprendizaje en la escuela y en su entorno comunitario y familiar.
  • Tengamos muy claro que estas barreras se deben de buscar no sólo en las metodologías o en las aulas, tenemos que buscarlas en todos los aspectos de la cultura, las políticas y las prácticas instauradas en la escuela.
  • Para cuando fracasamos en esta lucha contra las barreras para cualquiera de los alumnos en un momento dado, debemos de tener instaurado un proceso de diseño y provisión de un sistema de ajustes y apoyos personalizados que posibiliten la presencia, participación y aprendizaje de ese alumno concreto en las situaciones concretas que lo necesite.
Artículo 7. Prevención del absentismo, fracaso y abandono educativo temprano. Este artículo debería pertenecer al anterior, uno sólo para todos, incorporando en el anterior los factores de educabilidad como factor clave del proceso. Puestos así separados da la sensación de que el artículo 6 es para los alumnos con discapacidad que “no pueden acceder al currículo normalizado”, es decir, que se debe a motivos internos suyos, y este artículo 7 es para el resto, que fracasan por otros motivos ajenos a ellos. Artículo 12. Relaciones con el entorno y coordinación con otros agentes, servicios, entidades e instituciones. Da la sensación de que faltan las actuaciones correspondientes a este ámbito de actuación… Artículo 13. Procesos de innovación, desarrollo tecnológico e investigación. Pensamos que se debe incluir en este ámbito de actuación la mejora continua, como proceso con unos objetivos e indicadores claros resultantes de las acciones desarrolladas.
Plena inclusión C-LM - Plena inclusión C-LM

Capítulo III

·        No estamos de acuerdo con la visión que se le da en este borrador a los centros de recursos. Nuestra visión, plasmada en un documento consensuado con los centros vinculados a Plena inclusión que se entregó a esta Consejería, plantea una visión no exclusivamente centrada en la respuesta al alumno y al tutor, no solo centrada en los materiales de acceso ni circunscrita a los procesos de sensibilización. Entendemos que estos centros, en caso de que esta Consejería apueste por ellos, deben ser centros que apoyen la mejora de la inclusión desde una visión global de centro, ayudando a los centros ordinarios a promover su mejora continua hacia la inclusión desde una perspectiva tipo PROA +, que nos parece muy acertada. Se alude a que los centros que determine la administración podrán ser centros de recursos. Creemos que esto es positivo, ya que entendemos que solo podrán serlo aquellos que tengan más méritos para abordar esta esta tarea, pero no quedan ni siquiera esbozados los criterios para poder optar. Aunque entendemos que esto se desarrollará en una futura orden, se echa mucho de menos ir viendo claro el futuro de estos futuros centros, lo que crea un sentimiento de indefensión en los centros de educación especial. ·        La participación real del alumnado y las familias queda en un plano muy reducido. Creemos que las experiencias donde el centro se vincula de una manera más cercana con la familia y el alumnado están demostrando mejores resultados. También pueden y deben hacerlo en el proceso de orientación. ·        El entorno queda en un segundo plano. La participación del tercer sector, clave en muchas ocasiones del apoyo al centro, queda relegado y a merced de las decisiones de la administración, ratificando su participación a través de convenios. Nos parece bien que esa participación se regule, pero debe hacerse cuanto antes, dejando a los centros la libertad de organización, vinculándose con aquellas entidades que mejor les respondan, dentro del marco general que lógicamente debe tener la Consejería de educación. Si es así, regulemos de una vez por todas la participación del tercer sector de una manera transparente y eficaz. ·        Los planes anuales de centro, los planes anuales provinciales y cuantos otros planes, deben ir dirigidos por un plan estratégico de educación inclusiva que marque la misión y los valores que la consejería quiere imprimir a la educación. Entendemos que este plan estratégico iría más allá que la confección de leyes, decretos, órdenes e instrucciones y que debe abordar la visión con indicadores reales de consecución. ·        Es imprescindible que la evaluación psicopedagógica supere el modelo clínico a través de un enfoque centrado en cada alumno y en sus necesidades de apoyo, donde colaboren todos los implicados: alumnado del aula, familias, equipo docente y equipo de orientación. ·        Entendemos que el decreto debe visibilizar de manera más clara el que la labor tutorial recae fundamentalmente en el tutor con asesoramiento del equipo de orientación. Debemos evitar que el equipo de orientación tenga la visión de intervención reactiva. Entendemos que el centro debe tener un plan general inclusivo, donde todas las figuras profesionales, incluido el orientador y el equipo de orientación, tiendan, sobre esa visión del centro, a una mejora continua y a una visión preventiva.   El artículo 17 sí expresa claramente la filosofía de que “La acción tutorial se desarrollará por la totalidad del Equipo Docente”. Echamos de menos que este punto no figure de manera previa en el decreto. Aclararía bastantes cuestiones sobre la figura de orientación, en la dirección del asesoramiento a esa acción tutorial. ·        Sobre la transición de atención temprana a educación, ya citada en el decreto de inclusión, se apunta que se sigue el proceso de coordinación establecido al efecto entre las administraciones implicadas. Este acuerdo entre administraciones no nos consta, ya que hace años que la mesa de atención temprana no se reúne. La experiencia práctica nos dice que estos aspectos no se están aplicando en los centros con carácter general. ·        Propuesta de mejora al artículo 18.1 …apoyo a la orientación académica, educativa y profesional en los centros de Educación ordinaria de Infantil y Educación Primaria y en los centros de educación especial. ·        En el artículo 19.7 apartado e) se debería incluir como rol del ATE la participación en el proceso educativo en lo que se refiere al apoyo en la participación del alumno en las actividades didácticas, realizando una modificación de esta figura a través de una nueva orden que lo desarrolle de manera menos y más inclusiva. ·        En el artículo 21.3 se alude a los CEEs como mediadores en caso de conflicto entre los agentes que conforman la comunidad educativa. Por definición del término no se puede ser mediador si existen intereses de algún tipo vinculado al proceso. Debería ser un agente externo, no vinculado con los intereses del ámbito educativo. ·        Artículo 25.2 Respecto a los indicadores a tener en cuenta para poder evaluar la calidad, si estos indicadores se plantean en un futuro documento como propone el artículo 25.2 se debería decir que “la Consejería con competencias en materia de educación diseñará un sistema de indicadores para la evaluación de la calidad…” y no, podrá diseñar como aparece en el artículo. Si no hay indicadores, no hay calidad.