Línea Única de Participación

En este espacio tienes disponible, para realizar las aportaciones que estimes oportunas, información referente al proyecto de decreto por el que se aprueba el reglamento de los servicios de autotaxi para el transporte público de personas en vehículos de turismo en Castilla-La Mancha.

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Julio Suela Sarro

Despilfarro

Podéis usar los parques móviles en lugar de que se dediquen a llevar a los políticos (y asimilados) a reuniones de partido, comidas, toros, fiestas y demás zurrionas (a veces hasta la madrugada).
angeltoledo22

Artículo relativo a los requisitos, obligaciones o incompatibil

Texto propuesto para la modificación: ​Eliminar la exigencia de dedicación exclusiva para los titulares o conductores de licencias de autotaxi, permitiendo la compatibilidad de esta actividad con otras labores profesionales o laborales. ​Justificación: ​Flexibilidad laboral y económica: La exigencia de una dedicación exclusiva limita las oportunidades de ingresos de los profesionales del sector, especialmente en periodos de menor demanda o en zonas rurales donde el servicio de taxi no genera ingresos suficientes a tiempo completo. ​Fomento del empleo: Permitir la compatibilidad facilitaría la entrada y permanencia de nuevos profesionales en el sector, ayudando a garantizar la viabilidad económica de las licencias. ​Modernización de la normativa: La regulación actual debe adaptarse a modelos laborales más flexibles que respondan a la realidad económica actual de los autónomos y trabajadores del transporte.
Jose Martinez

Aportaciones ONCE

Valoramos psositivamente que el raglamento incorpore taxímetros parlantes, braille, QR, eurotaxis y perros guía. Por lo que trasladamos otras cuestiones de relevancia para mejorar el modelo: .- 1. Accesibilidad obligatoria de apps, emisoras y sistemas de reserva Artículo 39.4 Texto actual: El servicio del autotaxi podrá contratarse a través del teléfono u otros sistemas tecnológicos alternativos... Propuesta de adición: Los sistemas de reserva, aplicaciones móviles, páginas web, centrales de contratación y herramientas digitales utilizadas para la solicitud, gestión, seguimiento o pago de los servicios de autotaxi deberán cumplir los requisitos de accesibilidad universal establecidos en la normativa vigente, garantizando su utilización autónoma por las personas con discapacidad. Justificación: La contratación del servicio se realiza cada vez más mediante aplicaciones y plataformas digitales. La accesibilidad del vehículo pierde gran parte de su utilidad si la persona con discapacidad no puede solicitarlo o gestionarlo de forma autónoma mediante los canales tecnológicos utilizados por el sector.   .- 2. Formación obligatoria en atención a personas con discapacidad Artículo 31.2 Propuesta de nuevo párrafo: La formación para la obtención y renovación del permiso de conducción profesional de autotaxi incorporará contenidos sobre accesibilidad universal, trato adecuado a las personas con discapacidad, utilización de productos de apoyo, atención a personas usuarias de perros guía y perros de asistencia y manejo de los recursos de accesibilidad existentes en el vehículo. Justificación: La calidad del servicio depende no solo de la accesibilidad del vehículo, sino también del conocimiento y capacitación de los profesionales que lo prestan.   .- 3. Identificación accesible del vehículo para personas ciegas Nuevo apartado en el artículo 42. Propuesta: Los vehículos autotaxi podrán incorporar sistemas de identificación accesible que permitan a las personas con discapacidad visual reconocer el vehículo asignado mediante información sonora, tecnologías móviles accesibles, códigos digitales, balizas electrónicas u otras soluciones equivalentes. Justificación: Una de las principales dificultades para las personas ciegas no es solicitar el taxi, sino localizar el vehículo concreto que ha aceptado el servicio, especialmente en estaciones, hospitales, centros comerciales o eventos multitudinarios. La incorporación de tecnologías accesibles permitiría aumentar la autonomía y seguridad de las personas usuarias.  
Rodri2055

No a la dedicación exclusiva

​Por medio del presente escrito, expongo las razones fundamentales que justifican la eliminación de la cláusula de exclusividad laboral aplicable a los conductores y titulares de licencias del servicio de transporte público en taxi. La regulación actual plantea barreras injustificadas que menoscaban la libertad económica y la sostenibilidad del sector. ​1. Libertad de trabajo y desarrollo económico ​La exigencia de dedicación exclusiva limita el derecho constitucional a la libre elección de profesión u oficio. Permitir que los trabajadores y propietarios generen ingresos complementarios en otros sectores mejorará su estabilidad financiera, reduciendo la vulnerabilidad económica en épocas de baja demanda turística o crisis del sector. ​2. Optimización de la flota y calidad del servicio ​La exclusividad no garantiza un mejor servicio. Por el contrario, flexibilizar la jornada laboral mediante la posibilidad de compatibilizar el taxi con otras actividades permitiría: ​Incrementar la disponibilidad de vehículos en horas pico o eventos de alta demanda mediante turnos más flexibles. ​Fomentar la profesionalización, atrayendo a perfiles que buscan ingresos parciales o alternativos. ​Reducir el agotamiento laboral derivado de jornadas excesivas para alcanzar un ingreso digno. ​3. Adaptación a la realidad del mercado actual ​El sector de la movilidad urbana ha evolucionado hacia un modelo multimodal y flexible. Mantener restricciones de exclusividad rígidas sitúa al taxi tradicional en desventaja frente a otras alternativas de transporte que operan bajo esquemas más dinámicos. ​Por lo expuesto, solicito formalmente la revisión y modificación de la normativa vigente para derogar la exclusividad laboral, permitiendo la pluriactividad de conductores y titulares para modernizar y fortalecer el servicio público del taxi.