Consulta Pública Previa Proyecto Orden por la que se regula el régimen de convalidaciones y/o exenciones entre las enseñanzas profesionales de Música y Danza y la ESO y el Bachillerato, así como los efectos que sobre Educación Física de DAN o DAR y EPD

Organismo: Consejería de Educación, Cultura y Deportes - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1639

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

El Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, establece, en su artículo 9, la posibilidad de exención de la materia de Educación Física, en la Educación Secundaria Obligatoria y en el Bachillerato, previa solicitud del interesado o interesada, para aquellos y aquellas deportistas que acrediten la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento.

El Real Decreto 242/2009 de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento y las Enseñanzas profesionales de Danza.

El Real Decreto 14/2023, de 17 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 242/2009, de 27 de febrero, adapta las disposiciones de este último a la nueva ordenación de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato, derivada de la implantación de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. En la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, el Decreto 82/2022, de 12 de julio, establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y el Decreto 83/2022, de 12 de julio, establece la ordenación y el currículo de Bachillerato.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, conlleva la desaparición o modificación de varias de las materias objeto de convalidación, así como la introducción de otras nuevas que se consideran susceptibles de ser convalidadas.

La presente orden pretende establecer las convalidaciones y/o exenciones entre determinadas materias de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato y diversas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza, así como la exención de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y la del Bachillerato para quienes, simultáneamente, tengan la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento o cursen las Enseñanzas profesionales de Danza, así como un conjunto de medidas complementarias de coordinación respecto a la organización de grupos y de horarios en los centros.

Con la aprobación de esta norma se da cumplimiento a los principios de buena regulación normativa, previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Por un lado, se da cumplimiento a los principios de necesidad y eficacia, dado que esta iniciativa se justifica en la necesidad de adecuar la regulación existente a las propuestas de materias optativas de oferta propia por la posibilidad de que los centros educativos elaboren las mismas. La regulación propuesta se ajusta igualmente al principio de proporcionalidad, puesto que contiene la regulación imprescindible para atender a la necesidad que se intenta cubrir. No existe otra alternativa regulatoria menos restrictiva que la orden de la persona titular de la Consejería. La seguridad jurídica queda garantizada, puesto que la norma propuesta guarda la necesaria coherencia con el resto del ordenamiento jurídico. La presente disposición de carácter general se ha sometido a los trámites de consulta, a través de la participación de la Mesa Sectorial de Educación y del Consejo Escolar de Castilla-La Mancha. Respecto al principio de eficiencia, con la aprobación de esta norma no se crean cargas administrativas innecesarias, ni se originan ingresos o recursos nuevos, de manera que no da lugar a carga económica para la ciudadanía.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Con el fin de adaptarse a estas modificaciones, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha publicará próximamente en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha esta Orden por la que se regula el régimen de convalidaciones y/o exenciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Dirección General de Innovación Educativa y Centros Consejería de Educación, Cultura y Deportes Bulevar del Río Alberche s/n. Tel.: 925 248 834 45071 Toledo e-mail: viceconsejeria.edu@jccm.es ww.castillalamancha.es Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física debe tener la condición de deportista de alto nivel o rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza, en los centros educativos de Castilla-La Mancha.

Objetivos de la norma:

La publicación de la Orden, que se somete a consulta pública, tiene por objeto establecer las convalidaciones entre determinadas materias de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato y diversas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza. Asimismo, establece las posibles exenciones de materias optativas y de la materia de Educación Física de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato para quienes, simultáneamente, tengan la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento o cursen las Enseñanzas profesionales de Música o de Danza.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece la desaparición o modificación de varias de las materias objeto de convalidación o exención, así como la introducción de otras nuevas que podrían ser susceptibles de ser convalidadas o exentas, por todo ello se hace necesaria la publicación del proyecto del Orden.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO

Fase de Retorno

En la fase de retorno ponemos fin a la consulta pública previa. En esta fase exponemos un informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Ya se encuentra disponible la documentación.

Documentos de consulta
Informe de resultados (706.59 KB)
Anexo (299.91 KB)