Consulta Pública previa sobre Proyecto de Decreto por el que se regule el uso de la marca Legado Artesano en Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Economía, Empresas y Empleo - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1651

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

El artículo 130.1 de la Constitución Española exige a los poderes públicos, entre los cuales se encuentran las Comunidades Autónomas, que atiendan al desarrollo y modernización de determinados sectores económicos, entre los que se cita expresamente a la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

Por su parte, el artículo 148.1.14.ª de nuestra Carta Magna dispone que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en materia de Artesanía. En este sentido, el artículo 31.1.14.ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha confiere a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de Artesanía dentro de su ámbito territorial. Y por lo tanto potestad de regular la actividad artesana de la Comunidad, para dar cumplimiento al mandato constitucional se dictó La Ley 14/2002, de 11 de julio, de Ordenación y Fomento de la Artesanía que tiene por objeto la ordenación, regulación, protección, fomento y promoción del sector artesano en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, el Decreto 119/2009, de 25 de agosto de 2009, por el que se establecen los requisitos para la obtención del Carné de Artesano y el Título de Empresa Artesana de Castilla-La Mancha y el Decreto 9/2010, de 23 de febrero de 2010, por el que se establece el Repertorio de Actividades y Oficios Artesanos de Castilla-La Mancha.

Esta regulación es consecuencia del ejercicio de la competencia exclusiva atribuida en el Estatuto de Autonomía con el fin de conseguir el desarrollo, protección y fomento de las manifestaciones artesanales. 

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

Es necesario dotar a esta figura de un marco jurídico, así como establecer los requisitos de uso de la marca “Legado Artesano Castilla-La Mancha”, garantizándose así, el cumplimiento de unos parámetros de calidad.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

El Gobierno regional dentro de los objetivos establecidos por el Plan estratégico de Artesanía 2023-2027 considera prioritario dar una solución regulatoria, para la puesta en marcha de un procedimiento para la creación de una marca propia, diferencial y distintiva, de la artesanía de CLM.

 Este Decreto implica un compromiso real y efectivo dirigido a potenciar el sector artesano en el área económica, social y de imagen.

Objetivos de la norma:

Se consideran como objetivos a conseguir con la elaboración del proyecto de Decreto:

  • Determinar y establecer las condiciones que regirán el uso de la marca “LEGADO ARTESANO Castilla-La Mancha”.
  • Crear el Registro Regional de Usuarios de la Marca “LEGADO ARTESANO Castilla-La Mancha”.
  • Crear la figura de Embajador Legado Artesano que contribuya a potenciar la Comunidad de Castilla-La Mancha a través de su artesanía.
Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta los objetivos ambiciosos que se pretenden, así como para garantizar una mayor seguridad y protección para los usuarios de esta marca de excelencia, se estima conveniente elaborar un Decreto que regule la marca.

Documentos de consulta
Documentación (131.52 KB)

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente  FORMULARIO

Fase de Retorno

En la fase de retorno ponemos fin a la consulta pública previa. En esta fase exponemos un informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Disponible la documentación.

Documentos de consulta
Informe de retorno. (228.53 KB)
Encuesta. (255.09 KB)