Consulta Pública Previa del anteproyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 63/2018 de Castilla-La Mancha que regula el Consejo Agrario de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural - Estado: Abierto

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/2039

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

En el Diario Oficial de Castilla-La Mancha número 182, de 17 de septiembre de 2018, se publicó el Decreto 63/2018 de Castilla-La Mancha, que regula la composición, funciones y régimen de funcionamiento del Consejo Agrario de Castilla-La Mancha. Este se configura como de órgano de participación, diálogo y consulta, capaz de realizar propuestas sobre las políticas agrarias y agroalimentarias que cuenten con el respaldo real del sector, así como de emitir informes en las materias que le son propias, otorgando mayor importancia al desarrollo rural, impulsando la participación de jóvenes y mujeres en la actividad agraria.

Su artículo 3. 1 b) contempla con miembros a seis vocalías a propuesta de las organizaciones profesionales agrarias que sean de carácter general y de ámbito regional, que formen parte de una estructura a nivel estatal, la cual sea a su vez miembro del Comité de Organizaciones Profesionales Agrarias. El número total de estos vocales se dividirán entre las organizaciones profesionales que cumplan los requisitos establecidos en este apartado.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

Acomodar la composición del Consejo a las prescripciones de la Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La necesidad y oportunidad del reglamento viene dada por el cumplimiento de la habilitación dada por la Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha, que en su artículo octavo determina que las normas sectoriales que recojan la participación de las organizaciones profesionales agrarias más representativas en el ámbito regional se adecuarán en el plazo de dos meses desde el reconocimiento para garantizar la participación de todas las organizaciones profesionales agrarias declaradas más representativas, en cada momento, conforme a esta ley.

Objetivos de la norma:

Cumplir con el mandato del artículo octavo de la Ley 3/2025, de 6 de junio, de determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en Castilla-La Mancha.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

No hay otras posibles soluciones alternativas distintas a la de modificar el citado decreto.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO