Consulta pública previa sobre el Anteproyecto de Ley de pesca fluvial y acuicultura de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Desarrollo Sostenible - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1623

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

El artículo 31.1 del Estatuto de Autonomía de 1982 confiere a la Junta de Comunidades la competencia exclusiva en materia de pesca fluvial y acuicultura, así como la promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.

La Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial ha sido la principal norma que ha regulado tanto la actividad de la pesca, la actividad profesional de la acuicultura y la actividad científica relativa a ambas en la región, asumiendo en ese momento tanto las necesidades y demandas de pesca por las personas y colectivos aficionados, como por el sector de la acuicultura, considerando el marco normativo existente en ese momento respecto a la conservación de los recursos naturales.

Por tanto, esta norma lleva vigente más de tres décadas en las que se han producido cambios normativos importantes en la conservación de la naturaleza, así como una evolución en la práctica de la pesca y en la actividad de la acuicultura que requieren actualizar esta Ley con una nueva norma.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La pesca fluvial en la región reúne más de 100.000 licencias anuales por lo que tiene una importancia notable en el aprovechamiento de la pesca como recurso natural que debe ejercerse de manera respetuosa con el medio natural.

La actividad de la acuicultura ha evolucionado en los últimos años con las exigencias de los mercados. La nueva ley debe regular el sector tratando de facilitar su adaptación a las actuales necesidades, asegurando su desarrollo sostenible.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Dado el tiempo transcurrido desde la aprobación de la actual Ley de pesca fluvial, se hace necesario legislar una nueva norma moderna que satisfaga una actividad de pesca que además contribuya a dinamizar el desarrollo de las zonas rurales de la región, en gran parte con escasas expectativas de desarrollo socioeconómico. El marco normativo que regula los lugares donde se practica la actividad ha sufrido también cambios sustanciales a los que hay que adaptar la actividad.

La acuicultura continental tiene una implantación significativa en Castilla-La Mancha, tanto en el sector privado con especial relevancia en la producción de trucha arcoíris, como en el sector público orientado a la recuperación de especies autóctonas, tanto amenazadas como pescables. La evolución en esta actividad desde que entró en vigor la Ley 1/1992 requiere una adaptación a las necesidades del sector y a su sostenibilidad ambiental y productiva.

Objetivos de la norma:

Regular la pesca y la acuicultura en Castilla-La Mancha, elaborando una ley moderna que satisfaga las necesidades de los colectivos aficionados a la pesca y los requerimientos del sector de la acuicultura de manera sostenible con la conservación de los recursos naturales.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

La alternativa es continuar con la vigente Ley 1/1992, modificándola en los aspectos que sean necesarios.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO.

Fase de Retorno

En la fase de retorno ponemos fin a la consulta pública previa. En esta fase exponemos un informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Ya tienes disponible la documentación.

Documentos de consulta