Consulta pública previa sobre el Proyecto de Decreto de modificación del Decreto 74/2002, de 14 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo

Organismo: Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1454

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El artículo 79 regula la provisión de puestos de trabajo por concurso.

Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha. El artículo 68 regula la provisión de puestos de trabajo por concurso.

Decreto 74/2002, de 14 de mayo, sobre provisión de puestos de trabajo.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

El proyecto de decreto pretende reducir el tiempo que se tarda en cubrir con carácter definitivo los puestos de trabajo cuya forma de provisión sea el concurso general.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La mejora de la calidad de los servicios públicos no se puede alcanzar sin una adecuada gestión del principal activo con el que cuenta la Administración, como es su capital humano.

Y la mejor gestión del empleo al servicio de las distintas Administraciones Públicas exige disponer de políticas coherentes y racionales de dotación de efectivos de carácter permanente, que cubran las necesidades reales de los servicios y limiten la temporalidad a la atención de necesidades de carácter estrictamente coyuntural.

A pesar de que en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha existe una práctica de convocar periódica y sistemáticamente concursos generales para proveer de manera definitiva plazas vacantes, es el momento de avanzar en la agilización de los procedimientos de concurso.

Objetivos de la norma:

El objetivo principal de la norma es que los puestos de trabajo no singularizados se cubran con carácter definitivo mediante un concurso permanente, el cual permitirá que se produzcan varios procedimientos de adjudicación de plazas vacantes en un mismo año.

Con esta mayor frecuencia en la adjudicación de plazas vacantes se pretende conseguir también el objetivo de aumentar la provisión con carácter definitivo de los puestos de trabajo del personal funcionario de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Con el concurso permanente se persigue asimismo mejorar la promoción profesional del personal funcionario de carrera, así como la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, pues, al haber más adjudicaciones al año, dicho personal tendrá más posibilidades de ascender en la estructura de puestos de trabajo o de obtener un puesto de trabajo que permita una mayor conciliación laboral y familiar.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

Para conseguir el objetivo principal que se pretende con el proyecto de decreto es imprescindible llevar a cabo una actividad de naturaleza normativa mediante la que se regule el régimen jurídico del concurso permanente de traslados.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO

Fase de Retorno

En la Fase de retorno ponemos fin a la Consulta Pública Previa. En esta fase exponemos un Informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

En breve estará disponible la documentación.