La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Inicio
A través de este espacio se pretende:
-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.
-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.
-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.
-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:
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Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento
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Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.
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Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.
Fase de Participación
Antecedentes de la norma:El artículo 31.1.19º del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, atribuye a esta Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio.
El mandato de la máxima norma del ordenamiento jurídico autonómico fue primeramente desarrollado mediante la Ley 1/1995, de 2 de marzo, del Deporte en Castilla-La Mancha, suponiendo un salto cualitativo en el deporte de la región.
Sin embargo, el escenario del deporte fue cambiando de forma coherente a la evolución de la sociedad castellano-manchega, por lo que se hizo conveniente realizar una nueva regulación legal mediante la Ley 5/2015, de 26 de marzo, de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha.
El periodo de tiempo transcurrido, así como la existencia de un nuevo marco legal estatal en materia deportiva tras la aprobación de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, hace conveniente actualizar la legislación deportiva autonómica para adecuarla a las necesidades y situación de la práctica deportiva y de la actividad física de la sociedad regional.
Abordar la necesidad de una actualización de la legislación deportiva autonómica de Castilla-La Mancha para su adecuación a las necesidades y situación actual del deporte y la actividad física en concordancia con el nuevo marco legislativo estatal.
Esta norma pretende actualizar la regulación deportiva y de la actividad física en la región, adaptándose a los rápidos y continuos cambios que exige la evolución de la sociedad actual en el que la práctica de actividad física y deporte está cada vez más presente, habiéndose convertido en actividades prioritarias para la salud y el ocio de los ciudadanos de todas las edades.
Se pretenden realizar una regulación adaptada al marco de la situación de la actividad físico-deportiva de la sociedad, acogiendo los cambios que en esta materia se han producido de manera rápida en los últimos años. Así, la pretensión es que la nueva ley contemple los diferentes ámbitos del mundo del deporte y de la actividad física, tales como los principios generales ordenadores del deporte, el ámbito competencial de las distintas administraciones públicas tanto en la actividad física como en el deporte de alto nivel así como las relaciones interadministrativas, la práctica de la actividad física y el deporte en los distintos ámbitos sociales, la regulación de las distintas modalidades deportivas y de ejercicio físico, las competiciones deportivas oficiales y populares, el deporte en edad escolar, el deporte universitario, así como los derechos y deberes de los actores del deporte, principalmente de las personas deportistas pero también del personal técnico y del arbitraje y jueces deportivos. Asimismo, se pretende regular el régimen de las diferentes entidades deportivas y su registro público, federaciones, clubes deportivos y asociaciones de clubes deportivos.
Por otra parte, la nueva regulación pretende recoger la formación, cualificación profesional y la investigación en materia de actividad física y deporte, las enseñanzas en materia deportiva, la protección de la salud, la lucha contra el dopaje y la prevención de la violencia y la intolerancia en el deporte.
Igualmente, se recogerá el ámbito jurisdiccional en materia deportiva y de la actividad física mediante la regulación de la potestad administrativa sancionadora y del régimen disciplinario deportivo, estableciéndose el marco de la tutela de las federaciones deportivas, así como la organización administrativa en estos ámbitos jurisdiccionales.
A juicio de esta Consejería, y teniendo en cuenta la necesidad de proceder a la actualización de la legislación deportiva regional, se considera lo más conveniente para dar respuesta a esta necesidad el elaborar una nueva ley del deporte y de la actividad física.
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