Consulta Pública Previa sobre la elaboración de un anteproyecto de Ley de simplificación administrativa de Castilla-La Mancha

Organismo: Vicepresidencia Primera - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1558

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

La actualización de la regulación administrativa en materia de simplificación y agilización trae su origen primeramente de la aprobación de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, que establece una serie de principios simplificadores que redundan en una mejor prestación de los servicios públicos para la ciudadanía.


Dichos principios fueron asumidos por el Estado mediante la aprobación, primero, del Manual de simplificación administrativa y reducción de cargas para la Administración General del Estado, y después por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por una extensa normativa estatal en materia de simplificación y agilización procedimental  y la creación de un modelo de gobernanza pública para su regulación y supervisión.


En este sentido, Castilla-La Mancha ha procedido a trasladar los mentados principios simplificadores a su ámbito competencial, para lo que viene elaborando desde el año 2016 un plan anual de simplificación y reducción de cargas administrativas que se ejecuta a través de numerosas actuaciones en todos los ámbitos de la Administración regional. 


En la misma línea, desde hace varios años se han realizado modificaciones de la normativa sectorial, al objeto de reducir las cargas administrativas para el administrado y conseguir una mayor eficiencia en las relaciones entre la Administración, la ciudadanía y el tejido empresarial y social de la región.  


Entre las normas elaboradas con este fin, cabe destacar la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, así como la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas.

La futura norma tiene por objeto ahondar en el proceso ya iniciado, creando una Administración moderna, más dinámica y centrada en asistir a la ciudadanía, actualizando la organización y funcionamiento de la Administración, dentro de las competencias que le asisten, conforme lo estipulado en el artículo 148.º de la Constitución Española y el artículo 31, apartados 1º y 28º de la Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto, de Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La futura norma pretende, de un lado, introducir las modificaciones oportunas en la normativa autonómica que permitan simplificar y agilizar las actuaciones de la Administración Pública, al objeto de mejorar la calidad y rapidez del servicio público que se ofrece a la ciudadanía.


Y, de otro lado, la norma pretende introducir las reformas necesarias en la normativa sectorial, con la finalidad de conseguir la agilización de las actuaciones de todos los organismos y entidades del sector público regional. 

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La norma responde a la necesidad de actualizar y simplificar los procedimientos administrativos, de acuerdo con la normativa nacional y europea en la materia, buscando modernizar el modelo administrativo.


Asimismo, responde al objetivo de reducir las cargas administrativas y agilizar los procedimientos iniciados mediante la aprobación de la Ley 4/2021, de 25 de junio, de Medidas Urgentes de Agilización y Simplificación de Procedimientos para la Gestión y Ejecución de los Fondos Europeos de Recuperación, y de la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, en materia de gestión y organización de la Administración y otras medidas administrativas.

Objetivos de la norma:

El objetivo de la norma es ahondar en la actualización del proceso de simplificación administrativa iniciado con la Ley 4/2021, de 25 de junio y la Ley 3/2017, de 1 de septiembre, así como mediante los planes de simplificación y reducción de cagas administrativas que vienen aprobándose en la región desde el año 2016. 


Para ello, la norma pretende regular, entre otras medidas, la revisión de los silencios administrativos sobre los que no exista regulación nacional o europea básica, modificando el sentido positivamente; la revisión y reducción, cuando sea posible, de los plazos administrativos; la ampliación de las declaraciones responsables como herramienta de agilización de los procedimientos; la simplificación de procedimientos y reducción, en la media de lo posible, de informes y dictámenes que no tengan carácter obligatorio ni vinculante en los procesos; la eliminación de trabas administrativas para el ciudadano.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

La seguridad jurídica que requiere la materia hace aconsejable que las pretendidas reformas y modificaciones se adopten mediante una norma con rango de ley.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO

Fase de Retorno

En la fase de retorno ponemos fin a la Consulta pública previa. En esta fase exponemos un Informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Ya está disponible la documentación.

Documentos de consulta