Consulta pública previa sobre modificación de la Orden 201/2018, de 27 de diciembre, por la que se determina el mapa sanitario de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Sanidad - Estado: Abierto

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1829

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

Estatal:

- La Ley 14/1986, de 25 de abril, de General de Sanidad.

- Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud.

Autonómica:

- Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.

- Decreto 13/1994, de 8 de febrero, de Ordenación Territorial de la Sanidad en Castilla-La Mancha.

- Orden de 201/2018, de 27 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se determina el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha.

- Orden 166/2020, de 9 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 201/2018, de 27 de diciembre, por la que se determina el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha.
 

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

Se pretende mejorar la ordenación territorial sanitaria de nuestra comunidad, atendiendo a los criterios generales de modificación del mapa sanitario, como son los demográficos, de dotación de vías y medios de comunicación, así como las instalaciones sanitarias, entre otros y se considera necesario revisar algunas Zonas Básicas de Salud (ZBS). 

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

La necesidad de actualización viene determinada por el aumento de población de algunas ZBS, principalmente de las zonas de mayor crecimiento de nuestra comunidad, como son el Corredor del Henares y la Comarca de La Sagra, así como por la mejora de la asistencia sanitaria.

Objetivos de la norma:

El objetivo de la orden es modificar parcialmente el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha, creando nuevas ZBS, cumpliendo con el compromiso de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de acercar el servicio sanitario a los ciudadanos y velar por una asistencia sanitaria más eficiente y de calidad.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

No existe otra alternativa que la modificación de la Orden 201/2018, de 27 de diciembre, pues las modificaciones del mapa sanitario se realizan conforme a lo establecido en el Decreto 13/1994, de 8 de febrero, de Ordenación Territorial de la Sanidad en Castilla-La Mancha, que establece en su artículo 17 que la relación de municipios y localidades que integran cada ZBS, el distrito y el área de la que forman parte constituyen el Mapa Sanitario de Castilla-La Mancha, el cual se determinará por orden de la Consejería de Sanidad.

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