Consulta pública previa sobre proyecto de Decreto de modificación del Decreto 13/2022, de 22 de febrero, por el que se crea la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha

Organismo: Consejería de Desarrollo Sostenible - Estado: Cerrado

La buena práctica administrativa y los principios de accesibilidad, transparencia y participación de la ciudadanía en los asuntos públicos, aconsejan, a través de este Portal de Participación, sustanciar consulta pública con carácter previo a la elaboración de anteproyectos y proyectos de ley y reglamentos, dando asimismo aplicación al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de febrero de 2022, por el que se dictan instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Enlace permanente: https://participacion.castillalamancha.es/node/1644

Fase de Inicio

 A través de este espacio se pretende:

-Que la ciudadanía tenga conocimiento de los procesos de elaboración de normas que se están llevando a cabo por los distintos órganos gestores de la Administración regional y posibilitar su participación.

-Ofrecer a la ciudadanía la posibilidad de realizar sus aportaciones mediante un cuestionario de respuesta abierta.

-Determinar de forma clara los requerimientos para hacer efectiva la participación para que de una forma homogénea se recoja toda la información al respecto.

-Impulsar canales de participación que permitan interactuar y facilitar el diálogo entre la Administración y la ciudadanía.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, declara en su exposición de motivos que uno de sus objetivos es incrementar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. En concreto el artículo 133 regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando respecto a la consulta pública previa una serie de pautas a seguir:

  1. Cuando: Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento

  2. Como: A través del portal web de la Administración competente se recabarán las aportaciones ciudadanas.

  3. Quienes: Aportaciones de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  • Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  • La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  • Los objetivos de la norma.
  • Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

En este sentido, el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha, mediante Acuerdo de 1 de febrero de 2022, adoptó instrucciones sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa.

Fase de Participación

Antecedentes de la norma:

Decreto 13/2022, de 22 de febrero, por el que se crea la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha 3 marzo de 2022, número 43.

Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:

La modificación indicada, en aras a garantizar el principio de seguridad jurídica, pretende desarrollar y dar mas claridad al procedimiento para la adhesión a la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha, definiendo los plazos para la resolución de las solicitudes de adhesión, órgano responsable para su resolución, efectos del silencio administrativo, así como definir de manera mas clara las obligaciones de pertenecer a dicha Red, así como los efectos que pueden generarse en caso de incumplimiento de las mismas.

Necesidad y oportunidad de su aprobación:

Adecuación de la norma a lo establecido por Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Objetivos de la norma:

Dar seguridad jurídica a las entidades adheridas, así como aquellas otras que pretendan adherirse a la Red Local 2030 de Castilla-La Mancha, al establecer de manera más clara y especifica el procedimiento de adhesión, el órgano resolutor y plazos para ello, así como e incentivar el desarrollo de las actuaciones vinculadas a la adhesión, al establecerse unas obligaciones concretas y consecuencias en caso de incumplimiento.

Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias:

Al establecerse el procedimiento, plazos, obligaciones de las entidades interesadas tanto adheridas como aquellas otras que pretendan adherirse, así como las consecuencias en caso de incumplimiento de estas, no puede sino establecerse mediante la modificación del Decreto citado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 36 y concordantes de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Puedes participar y hacernos llegar tus opiniones cumplimentando el siguiente FORMULARIO

Fase de Retorno

En la fase de retorno ponemos fin a la consulta pública previa. En esta fase exponemos un informe con los resultados de la consulta, referido al número de participantes, resumen de las opiniones emitidas y aportaciones realizadas.

Ya tienes disponible la documentación.

Documentos de consulta