Proceso de participación: Proceso Participativo correspondiente al anteproyecto de ley de medidas para reducir las brechas de género en el ámbito económico en Castilla-La ManchaFechas de participación:
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En este espacio tienes disponible, para realizar las aportaciones que estimes oportunas, información referente al Preámbulo y Título Preliminar, Disposiciones Generales.
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Susana del Mar Alvar Alvarez
Mar, 21/07/2026 - 16:47
Alegaciones Preámbulo
PREÁMBULO
1. Resumen
El Preámbulo justifica la necesidad de aprobar una ley específica para reducir las brechas económicas entre mujeres y hombres en Castilla-La Mancha. Fundamenta la iniciativa en los principios constitucionales de igualdad, en la normativa europea y estatal y en los compromisos internacionales asumidos por España. Asimismo, expone las principales desigualdades económicas que afectan a las mujeres —brecha salarial, segregación ocupacional, menor acceso a puestos de responsabilidad, dificultades para el emprendimiento y desigual reparto de los cuidados— y presenta la ley como un instrumento para avanzar hacia la igualdad real y efectiva.
2. Aspectos positivos
El Preámbulo presenta una sólida fundamentación jurídica, apoyándose en la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, la normativa de la Unión Europea y diversos instrumentos internacionales, lo que aporta coherencia al texto.
Resulta positivo que la igualdad económica se aborde desde una perspectiva amplia, reconociendo que las desigualdades laborales y económicas responden a factores estructurales y no únicamente a diferencias retributivas.
También es acertada la incorporación de conceptos como la transversalidad de la perspectiva de género, la corresponsabilidad, la conciliación y la discriminación interseccional, alineándose con las políticas europeas más recientes.
Asimismo, el Preámbulo evidencia la voluntad de coordinar la actuación pública en materia de igualdad económica y anticipa el contenido de la ley de forma ordenada.
3. Principales carencias
A pesar de su adecuada fundamentación, el Preámbulo presenta algunas limitaciones que convendría corregir.
En primer lugar, el texto posee un marcado carácter expositivo y descriptivo, pero ofrece una justificación insuficiente de la necesidad concreta de muchas de las medidas que posteriormente incorpora. Sería recomendable reforzar la exposición mediante datos estadísticos actualizados de Castilla-La Mancha que evidencien la dimensión real de las brechas económicas y la necesidad de la intervención legislativa.
En segundo lugar, apenas se realiza una evaluación del impacto económico y presupuestario que supondrá la aplicación de la futura ley. La ausencia de esta referencia dificulta valorar la viabilidad de las medidas previstas.
Igualmente, el Preámbulo apenas desarrolla algunos desafíos emergentes que actualmente inciden de forma significativa sobre las desigualdades económicas entre mujeres y hombres, como la digitalización del empleo, la inteligencia artificial aplicada a los procesos de selección, la economía de plataformas o las nuevas formas de trabajo derivadas de la transformación tecnológica.
También se observa un tratamiento limitado de la violencia económica como manifestación de la desigualdad de género. Aunque aparece mencionada, no se explica suficientemente su incidencia sobre la autonomía económica de las mujeres ni la necesidad de adoptar medidas específicas para combatirla.
Desde la perspectiva de la calidad normativa, el Preámbulo podría justificar con mayor claridad la distribución competencial entre el Estado y la Comunidad Autónoma, especialmente en aquellas materias relacionadas con legislación laboral, contratación pública e igualdad retributiva, cuya regulación corresponde en gran medida al Estado.
Por último, aunque se hace referencia a los principios de buena regulación previstos en la Ley 39/2015, su aplicación práctica se expone de forma muy sucinta y sería conveniente reforzar la motivación relativa a la eficacia, proporcionalidad y eficiencia de la norma.
4. Propuestas de mejora
Se propone reforzar el Preámbulo incorporando datos estadísticos recientes de Castilla-La Mancha que permitan justificar de forma objetiva la necesidad de las medidas previstas.
Sería conveniente incluir una referencia expresa a los retos derivados de la transformación digital del mercado laboral, la inteligencia artificial, el teletrabajo y la economía de plataformas como nuevos factores generadores de desigualdad económica.
Asimismo, debería desarrollarse con mayor profundidad la violencia económica como forma de discriminación estructural, explicando la necesidad de medidas específicas de prevención y protección.
También se recomienda reforzar la justificación competencial de aquellas materias compartidas con el Estado para aumentar la seguridad jurídica del texto y reducir el riesgo de futuras controversias competenciales.
Finalmente, sería aconsejable ampliar la explicación relativa al cumplimiento de los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, justificando de forma más detallada la necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia de la futura ley.
Valoración global del Preámbulo
El Preámbulo constituye una adecuada carta de presentación del anteproyecto y refleja un sólido compromiso con la igualdad económica entre mujeres y hombres. No obstante, podría reforzarse mediante una mayor fundamentación empírica, una mejor justificación competencial y una visión más actualizada de los nuevos factores que generan desigualdad económica. Estas mejoras contribuirían a incrementar la solidez jurídica y la calidad técnica de la futura norma.
rmorena
Jue, 23/07/2026 - 13:48
REGISTRO DE PUESTOS DE TRABAJO
Mi aportación es que se debería crear un registro obligatorio en la Consejería con competencias en trabajo, para los puestos de trabajo que creen las empresas. Por ejemplo si una empresa necesita un administrativo, un contable, un recepcionista, etc, debe registrar el puesto, por ejemplo personal Administrativo y su sueldo. De tal forma que si registra un puesto de personal administrativo y un sueldo neto de 1.800 € al mes, a la persona que contrate le debe pagar 1.800 € sea hombre o sea mujer, con fuerte sanción a la empresa que lo incumpla o haga cualquier tipo de fraude o artimaña para burlar el registro.
AMO
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ASOCIACION MUJERES OPAÑEL
Vie, 24/07/2026 - 08:22
APORTACIONES PREAMBULO Y TITULO PRELIMINAR
MARCO DE VALORACIÓN INSTITUCIONAL
Desde la Asociación Mujeres Opañel queremos trasladar nuestra valoración positiva al Anteproyecto de Ley de medidas para reducir las brechas de género en el ámbito económico en Castilla-La Mancha, al considerar que constituye una oportunidad imprescindible para avanzar en la incorporación efectiva de la igualdad entre mujeres y hombres en las políticas económicas, laborales y sociales de la región.
La reducción de las brechas de género requiere un enfoque amplio que actúe sobre las desigualdades salariales, pero también sobre los factores estructurales que condicionan las oportunidades de las mujeres. Para que los principios generales expuestos en el Título Preliminar tengan un impacto real y transformador a lo largo del tiempo, resulta fundamental incorporar mecanismos de evaluación transparente y periódica que permitan medir la eficacia de la norma y adaptar su aplicación a la realidad cambiante de la región.
PROPUESTA DE MEJORA
Propuesta 1.1: Evaluación participativa, transparente y trienal del impacto de la norma
- Medida propuesta: Incluir en las disposiciones generales de la norma la obligación explícita de someter la Ley a un proceso de evaluación trienal participativa sobre su impacto real en la reducción de las brechas económicas de género. Esta evaluación deberá contar con la participación activa de los agentes sociales, las universidades regionales y las entidades especializadas del sector.
- Por qué es necesaria: Las políticas públicas dirigidas a erradicar desigualdades estructurales deben ser dinámicas y adaptarse a la evolución de la economía. Establecer un marco de evaluación periódica y participativa permite medir con datos objetivos la eficacia real de las medidas adoptadas, corregir desviaciones, adaptar los instrumentos normativos a las transformaciones del mercado de trabajo regional y garantizar una rendición de cuentas transparente ante la ciudadanía.
ASAJA MUJERES
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ASAJA MUJERES
Mar, 11/08/2026 - 13:12
Preámbulo y Linea 1
ASAJA Mujeres valora la iniciativa de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de impulsar una norma específica destinada a reducir las brechas de género en el ámbito económico y laboral, considerando necesario avanzar en la eliminación de las desigualdades que afectan a las mujeres y garantizar su plena participación en la actividad económica.
No obstante, desde ASAJA Mujeres consideramos que el borrador del Anteproyecto de Ley debe incorporar de manera mucho más específica la realidad de las mujeres agricultoras y ganaderas y de las mujeres que desarrollan su actividad en el medio rural.
El sector agrario y ganadero constituye una actividad económica estratégica para Castilla-La Mancha y desempeña, además, un papel fundamental en el mantenimiento de la población, la actividad económica y los servicios en nuestros pueblos. Sin embargo, las mujeres del medio rural continúan encontrándose con importantes dificultades para acceder a la titularidad de las explotaciones, desarrollar una actividad profesional agraria, acceder a financiación y ayudas, participar en los órganos de decisión y compatibilizar su actividad profesional con las responsabilidades familiares.
Por ello, ASAJA Mujeres considera imprescindible que la futura Ley tenga en cuenta las características específicas de la actividad agraria y del medio rural, evitando que las medidas generales previstas para el conjunto de la economía resulten insuficientes para corregir las brechas que afectan a las mujeres del sector agrario.
En este sentido, se formulan las siguientes:
APORTACIONES Y PROPUESTAS
PRIMERA. Incorporación de conceptos específicos del medio rural y del sector agrario
Artículo 7. Definiciones de aplicación
El borrador del Anteproyecto no contempla determinados conceptos fundamentales para comprender y abordar adecuadamente las desigualdades económicas existentes en el medio rural. En particular, consideramos necesario incorporar expresamente la Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias, regulada por la Ley 35/2011, así como el concepto de Brecha Económica Rural. La titularidad compartida constituye uno de los principales instrumentos para avanzar en el reconocimiento profesional y económico del trabajo desarrollado por muchas mujeres en las explotaciones familiares. Por ello, se propone:- Incorporar en el artículo 7 una definición específica de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias.
- Incorporar el concepto de Brecha Económica Rural, teniendo en cuenta las particularidades económicas y laborales del medio rural.
- Garantizar que los instrumentos de evaluación de las brechas económicas y retributivas tengan en consideración las rentas derivadas de la actividad agraria.
- Incorporar en los análisis el trabajo no remunerado desarrollado por las mujeres en las explotaciones familiares, cuando este contribuya de manera efectiva al mantenimiento y desarrollo de la actividad económica.
ASAJA MUJERES
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ASAJA MUJERES
Mar, 11/08/2026 - 13:12
Linea 2
SEGUNDA. Reconocimiento de las organizaciones profesionales agrarias como agentes de participación
Artículos 10 y 11. Administración de la Comunidad Autónoma e instrumentos de colaboración
El Anteproyecto contempla la colaboración de la Administración con universidades, asociaciones y otras entidades, pero no reconoce expresamente el papel de las organizaciones profesionales agrarias como agentes fundamentales para la aplicación de las políticas de igualdad económica en el medio rural. ASAJA Mujeres considera que cualquier política pública destinada a reducir las brechas económicas debe contar con la participación de las entidades que representan directamente a las personas que desarrollan su actividad en el sector agrario. Por ello, se propone incorporar expresamente entre las funciones de la Administración regional:- La colaboración permanente con las organizaciones profesionales agrarias.
- La participación de las asociaciones de mujeres rurales.
- La consulta a estas entidades en el diseño, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a reducir las brechas económicas.
- La participación de las organizaciones representativas del sector agrario en los instrumentos de colaboración que se desarrollen al amparo de la futura Ley.
Maria Isabel Alvarez Dominguez
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Izquierda Unida de Castilla la Mancha (Red Feministas)
Mar, 11/08/2026 - 18:49
Alegaciones desde Izquierda Unida CLM (Red feministas)
Echamos en falta un régimen sancionador porque sin régimen sancionador, ¿qué mecanismos obligan al cumplimiento de lo que se estipula en este texto normativo? Muy pocos. Es más una declaración de intenciones que compromisos serios de cambio de política de igualdad. Sin mandatos de seguimiento de los compromisos ni mecanismos de inspección permanentes puede que al poco de su aprobación ya sea de poca utilidad.
Muchas de las medidas contempladas en el ámbito laboral ya están aprobadas en otras normas. Solo hace falta que se cumpla el resto de ellas. Hay un aspecto que no se contempla en esta norma como aspecto feminizado: las consecuencias del modelo productivo regional en la siniestralidad laboral. Si busca feminizar trabajos masculinizados, debería atender de forma específica los riesgos de esos trabajos feminizados en materia de salud laboral.
