Proceso de participación: Proceso Participativo del Anteproyecto de Ley de Voluntariado de Castilla-La ManchaFechas de participación:
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En este espacio tiene disponible, para realizar las aportaciones que estime oportunas, información referente al articulado del Título II del Anteproyecto de Ley de Voluntariado de Castilla-La Mancha.
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AutismoCLM
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Federación Autismo Castilla-La Mancha
Lun, 08/06/2026 - 10:45
ARTÍCULO 9.3 En estos casos…
ARTÍCULO 9.3
En estos casos, el consentimiento para su incorporación a la entidad de voluntariado, la información, la formación, la documentación y las actividades que se les encomienden deberán proporcionarse en formatos accesibles, utilizando lenguaje claro, lectura fácil, sistemas alternativos y aumentativos de comunicación y cuantos apoyos resulten necesarios, de acuerdo con sus capacidades y circunstancias personales.
Las entidades de voluntariado promoverán la participación activa de las personas con discapacidad como voluntarias, garantizando los apoyos y ajustes razonables necesarios para el desempeño de sus funciones en igualdad de condiciones con el resto de las personas voluntarias.
Artículo 11.d
d) Recibir, con cargo a la entidad de voluntariado, formación básica, específica, continua y adaptada a sus capacidades, circunstancias personales y necesidades de apoyo, incluyendo contenidos relacionados con la igualdad de oportunidades, la accesibilidad universal, la accesibilidad cognitiva, la protección de derechos y la atención a personas en situación de vulnerabilidad.
Artículo 11
t) Disponer de los apoyos, productos de apoyo, adaptaciones y ajustes razonables necesarios para el desarrollo de la actividad voluntaria en igualdad de oportunidades.
u) Participar en entornos seguros, inclusivos y respetuosos, libres de discriminación, acoso o cualquier forma de violencia.
Artículo 12
o) Respetar la diversidad de las personas participantes y destinatarias de la acción voluntaria, promoviendo la igualdad de oportunidades, la inclusión y el trato digno hacia todas ellas.
