Línea 1- Modificación articulado del Decreto 83/2022, de 12 de julio.

En este espacio tiene disponible, para realizar las aportaciones que estime oportunas, información referente al articulado que se modifica del Decreto 83/2022, de 12 de julio.

Añadir nuevo comentario

Para poder participar necesitas acceder al portal con su usuario y contraseña. Puedes consultar más información de como participar en la sección "Cómo participar".

Consulta lo que otros han comentado

llva08

MÚSICA EN BACHILLERATO

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
llva08

MÚSICA EN BACHILLERATO

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
AGB

MÚSICA EN BACHILLERATO

La revisión de cualquier ley es lógica y normal, .lo que no se entiende es que para “adecuarlo al contexto europeo” se elimine una materia de las optativas, sin explicaciones ni justificaciones por parte de Conserjería. Estamos hablando de una materia, Lenguaje y práctica musical, en 1º de Bachillerato, en la que se lleva muchos años trabajando por parte del profesorado y alumnado y que ocupa un lugar importante en las competencias que tienen que ver con la expresión artística y cultural. Esta supresión dejaría huérfano a todo el 1º de bachillerato no artístico de una materia relacionada con las artes, y de la idea europea de“Aprovechar el potencial que ofrecen la cultura y la diversidad cultural para el bienestar y la cohesión social” y que está directamente relacionada con las ideas que propugna la LOMLOE. Además, me surgen diversas dudas, ¿Qué materia relacionada con las artes van a poder elegir los alumnos de este nivel? ¿Qué continuidad van a tener los alumnos que quieren seguir con su formación musical en un centro de secundaria? ¿Se va a dejar a los equipos directivos y a su claustro la decisión de ofertar esta materia?   En 2º de Bachillerato desaparece Historia de la música y de la danza por la de Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático. En esta nueva materia no se especifica qué especialistas se encargarán de esta materia y si finalmente serán los especialistas de música los que se encarguen de dicha materia. Espero que se doten de los recursos que son necesarios para llevar a cabo las exigencias de este nuevo currículo, entre ellas sonido, escenografía, etc.   Creo que la materia de “Unión Europea” se debe hacer de forma trasversal, al igual que se tratan los temas de igualdad, convivencia, etc. en nuestro sistema educativo, ya todos vivimos bajo el amparo de sus normas y leyes que debemos conocer.
ooac02

¿Eliminación de la optativa de música en 1º de Bachillerato?

La eliminación de la materia de música en todos los bachilleratos (excpeto, lógicamente, en al bachillerato de música y artes escénicas) es altamente llamativo y perjudicial para muchísimo alumnado que opta por esta materia. En Castilla la Mancha hay una gran cantidad de centros donde se imparte la optativa de música en primero de Bachillerato (por no decir una gran mayoría) y la imposibilidad de acceso estos estudios va a dejar a estos estudiantes huérfanos de una materia que desean realizar. Por otro lado, no entiendo que se implemente una asignatura de proyectos musicales en 2º eliminando la de 1º ¿Qué sentido tiene? ¿Cómo se van a realizar proyectos musicales en 2º de bachillerato sin una continuidad de las enseñanzas musicales a lo largo de los cursos?
jeloes

Asignaturas optativas de Música en Bachillerato

La asignatura de Lenguaje y práctica musical de 1° de bachillerato y la asignatura de Historia de la Música en 2° de bachillerato suponen una continuación de los estudios musicales y artísticos desde la ESO. Gracias a la existencia de estas optativas los alumnos tenían ciertas ventajas, como su formación previa para los estudios universitarios de musicologia, a mención de música en Magisterio y otras. También permite la convalidacion con los estudios de enseñanzas medias en los conservatorios de danza y música, así como su continuación en los conservatorios superiores. No sé entiende como la modificación del currículum pretende eliminar estas materias y priva a los alumnos de Castilla la Mancha a la formación musical previa a la universidad o conservatorios y su convalidacion. Asimismo, Castilla la Mancha tiene una importante población rural, que cuenta con centros de ESO y bachillerato. La eliminación de estas materias de música obligaría a los alumnos a trasladarse a las capitales de provincia para poder cursar estas asignaturas en el bachillerato de Artes, en la rama de música, lo que supondría un coste económico para los alumnos y una pérdida en la igualdad de oportunidades. Por otro lado, el objetivo H del artículo 7 de Castilla la Mancha del decreto 83/2022 persigue el conocimiento la cultura e historia de Castilla la Mancha, como es su patrimonio. La asignatura de Lenguaje y práctica musical posibilita la práctica de la música regional manchega. La asignatura de Historia de la Música y la Danza permite conocer el patrimonio musical y dancistico de Castilla la MMancha. Todos estos aspectos hacen pensar que sería un error la eliminación de estas optativas en bachillerato. 
Alicia García Fernández

Música Bach

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
Silvi

Musica en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
vedeguas

Música en Bachillerato

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente”. Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
joseluispergar

Asignaturas de música en Bachillerato

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º de Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje y Práctica Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece esta materia y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla-la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Historia de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas, y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y, por tanto, a la lucha del profesorado de música, que muchas veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
aab47

MÚSICA EN BACHILLERATO

Deseo expresar mi comprensión respecto a la necesidad de adecuar el Decreto 83/2022 del 12 de julio para incorporar saberes básicos en consonancia con el contexto europeo. No obstante, me inquieta y preocupa la decisión de sustituir las materias optativas propias de la comunidad, como Lenguaje y Práctica Musical en 1º de Bachillerato, conforme al Artículo 15 del Decreto 83/2022, con 4 horas de carga lectiva, por las propuestas delineadas en el borrador del Artículo 15. Lamentablemente, dicha modificación implica la supresión ésta, privando a numerosos alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de la posibilidad de elegir una Materia Artística Musical. Esta situación se replica en 2º de Bachillerato, donde la materia optativa de Historia de la Música y Danza, con 4 horas de carga lectiva según el Decreto 83, es reemplazada en el borrador por Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin detallar si será impartida por especialistas en la Materia de Música. A pesar de que se contempla la opción de cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, dejando la elección en manos del centro, esta disposición genera incertidumbre y dificultades para el profesorado de música, cuya labor a menudo resulta infructuosa en los centros educativos. Al referirnos al contexto europeo, es fundamental considerar la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que aborda tres ámbitos estratégicos. Un objetivo destacado de la Unión Europea consiste en "Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente". Resulta paradójico que este objetivo pareciera entrar en conflicto con las intenciones del borrador del Decreto, al prescindir una vez más de nuestra Materia en favor de otras, como la de "Unión Europea", la cual podría integrarse de manera transversal en el currículo de las materias de Bachillerato. Confío en que se ponderen con detenimiento las repercusiones de preservar las materias artísticas musicales en el Currículo, en coherencia con los objetivos culturales y educativos propuestos a nivel europeo, pues ello no hace otra cosa que favorecer el desarrollo integral de nuestro alumnado.
BeSeVi

MÚSICA EN BACHILLERATO

La música es uno de los pilares de nuestra civilización. Por su parte, el Bachillerato es una etapa educativa de gran importancia cuya finalidad primaria es preparar al alumnado para el acceso a la universidad. Sin embargo, el Bachillerato ha de ser mucho más: dar al alumnado una sólida educación lo más integral posible y proporcionarle un bagaje cultural lo más amplio posible. Al menos, eso sería lo deseable. Sirva como ejemplo el hecho de que todos estudiamos literatura en el instituto sin que ello signifique que se espere de todos que vayamos a ser escritores. Aunque existen centros específicos para la educación musical profesionalizada (Conservatorios), el lugar donde el conjunto de la población recibe una educación musical de base es la enseñanza general. Tiene sentido por tanto que entre la oferta de asignaturas optativas en todas las modalidades del bachillerato haya al menos una dedicada a la música en cada uno de los dos cursos del Bachillerato.  
Alberto Condés Perona

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
Antonio Jesús Rubio Rodriguez - Colegio Profesional de Licenciados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha

CONTEMPLAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN AMBOS CURSOS DE BACHILLERATO

La carga lectiva de la materia de Educación Física debe aumentarse hasta contemplar, al menos, un mínimo de tres horas semanales en todos los cursos de Bachillerato, por los motivos que se reproducen a continuación. Además, la Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes. Asimismo, debe disponerse que los centros repartan las horas establecidas en varias sesiones semanales, dado que organizar todas las horas de la materia en una única sesión semanal, como está sucediendo en diferentes centros, no contribuye a la mejora de la adherencia a la práctica físico-deportiva y, además, puede ser contraproducente para la distribución de la carga física en relación con la frecuencia, la intensidad, el tiempo dedicado y el tipo de ejercicio. En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva durante la adolescencia es preocupante, especialmente en Bachillerato, cifrándola algunos autores en el 35,5% y aludiendo como motivo principal la falta de tiempo (Macarro Moreno, Romero Cerezo y Torres Guerrero, 2010). El drástico descenso de los niveles de actividad física en el final de la etapa adolescente debería ser un problema de primer orden a solucionar, y la Educación Física escolar en 2º de Bachillerato podría tener como objetivo ofrecer al alumnado las estrategias adecuadas para seguir manteniendo estilos de vida activos a pesar de las barreras, como la ya citada “falta de tiempo”. Es decir, la ausencia de horas lectivas dedicadas a la materia de Educación Física en el segundo curso de Bachillerato agravan el problema de salud pública que supone el abandono de la práctica físico-deportiva, más aún en un momento crucial de la vida, donde se debería enseñar a gestionar y compatibilizar los estilos de vida saludable cuando se suceden acontecimientos de gran estrés, como el que supone para este alumnado la Prueba de Acceso a la Universidad. Por otra parte, la etapa educativa de Bachillerato se distingue por su carácter propedéutico y voluntario, como estudios preparatorios para los de Formación Profesional o universitarios. En este sentido, la materia de Educación Física es fundamental para el alumnado cuya orientación formativa en Ciclos Formativos de Grado Superior se dirige a la familia de las actividades físicas y deportivas, para quienes deciden estudiar el grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (en 2019 lo impartían 51 facultades, con un total de 5.157 plazas), o incluso para quienes estudiarán carreras de Ciencias de la Salud en las que, cada vez más, se integran contenidos sobre ejercicio físico. Por último, debe destacarse la capacidad de desarrollo cognitivo que tiene la Educación Física. Especialmente en un curso académicamente complejo como el de segundo de Bachillerato la práctica de actividad físico-deportiva contribuye positivamente a un mejor rendimiento académico y una mejora de los procesos de aprendizaje y memoria (aumentando el número de neuronas, capilares sanguíneos y conexiones neuronales), así como también a la salud mental (Coe et al, 2006; Ratey, 2008; Trudeau y Shephard, 2008; Chomitz et al., 2009).  
  • 1 LA CARGA HORARIA DE EF ES UNA CUESTIÓN DE SALUD PÚBLICA
Solo con un mínimo de tres horas semanales de Educación Física escolar se podrá garantizar la equidad para alcanzar los niveles mínimos de actividad física que recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS). El estudio global más extenso realizado sobre Educación Física escolar confirma la importancia de aumentar el tiempo dedicado a la asignatura a un mínimo de 3 clases semanales, para contribuir favorablemente a la adquisición de hábitos de vida saludables en el alumnado y, en concreto, que aumenten sus niveles de actividad física suficientemente para alcanzar las recomendaciones de la OMS (Uddin et al., 2020). Además, los autores de dicho estudio, atendiendo a la variable sobre el nivel socioeconómico, comprobaron que «adolescentes de vecindarios de alta pobreza pueden tener menos oportunidades de realizar actividad física fuera de la escuela en muchos países de ingresos altos». Ésta es una de las razones por las que se insiste en la importancia de la Educación Física escolar, pues tiene la capacidad de que sus beneficios lleguen a todo el alumnado, independientemente de su procedencia o sus características. Es decir, «las oportunidades para una Educación Física de Calidad deben ser equitativas e inclusivas y estar disponibles para todos/as los/as menores independientemente de su género, condición de discapacidad, posición socioeconómica y antecedentes culturales o religiosos». Los resultados de esta investigación confirman las evidencias previas que ya estaban señalando la necesidad de aumentar el tiempo dedicado a la Educación Física en la escuela con el fin de disminuir la inactividad física y el comportamiento sedentario (UNESCO, 2014; Chen, Kim y Gao, 2014; Sigmund et al., 2014; da Costa et al., 2017; Mooses et al., 2017; Silva et al., 2018; Silva, Chaput y Tremblay, 2019). La evidencia científica es contundente al respecto, ya que la inactividad física es una de las principales causas de, al menos, 35 enfermedades crónicas (Booth, Roberts y Laye, 2012). Además de todo esto, las alarmantes cifras de obesidad y sobrepeso requieren acciones contundentes de los poderes públicos. En nuestro país, según el Estudio PASOS, realizado en población de 8 a 16 años, un 34,9% presenta sobrepeso u obesidad, según IMC, y un 23,8% obesidad abdominal, según ICC (Gasol Foundation, 2019). La Educación Física escolar tiene un tremendo potencial para poder paliar esta pandemia, pero solo si se cumple con los estándares de carga horaria recomendados por todas las organizaciones internacionales y se insta a alcanzar los estándares de Calidad (Kahan y McKenzie, 2015). Es más, se ha demostrado que al menos tres sesiones semanales de Educación Física escolar redujeron la probabilidad de padecer sobrepeso u obesidad (Kühr et al., 2019). La Educación Física es la única oportunidad que provee equidad e inclusión para toda la población infantil y adolescente, y así se puede extraer del Informe Eurydice cuando dice que «hasta un 80% de los alumnos en edad escolar realizan actividades físicas exclusivamente en su centro educativo» (Comisión Europea, 2013). Este dato es especialmente grave si tenemos en cuenta que en España el porcentaje de niños y niñas de Primaria (8-11 años) que incumple las recomendaciones de la OMS sobre actividad física alcanza el 55%, y aún se eleva hasta el 72,4% entre adolescentes de 12-16 años (Gasol Foundation, 2019). Aumentar la Educación Física escolar es una cuestión de salud pública. De hecho, la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública materializa en su preámbulo, de forma explícita, el ejercicio físico como constructo determinante de la salud. Es más, el impacto del aumento de la carga lectiva de Educación Física como medida equitativa para que la población infantil y adolescente alcance los niveles mínimos de actividad física recomendados por la OMS, tendría su reflejo también en el gasto sanitario, con un sustancial ahorro para las arcas públicas (Pérez Pueyo et al., 2021). La ciencia viene demostrando la costo-efectividad de las políticas dirigidas a que la población adquiera estilos de vida activos. Desde hace más de 30 años sabemos que «el ejercicio produce ahorros económicos netos y reduce la morbilidad» (Hatziandreu et al., 1988). En la prevención, donde estaría enmarcada la Educación Física en el ámbito escolar, está claro que el ahorro económico es grande, ya que los altos niveles de inactividad física en muchos países están suponiendo una carga considerable para los presupuestos de atención médica. «Las estimaciones específicas por país de los costos económicos atribuibles a la inactividad física oscilan entre el 1,2% y el 2,5% del gasto total anual en salud» (Katzmarzyk, 2011). Además de esto, los países de la OCDE gastamos aproximadamente un 8,4% de nuestro presupuesto sanitario en proporcionar tratamiento para las enfermedades relacionadas con el sobrepeso (OECD, 2019), cuya relación con el gasto calórico, y en concreto con los niveles de actividad física, ha sido evidenciada. El informe ‘Actividad física y prevalencia de patologías en la población española’ (AEPSAD, 2016) sentenciaba que «el coste de la inactividad física relacionado con la productividad laboral, turismo, crimen, educación, o problemas de salud mental, se ha estimado en unos 5.000 millones de € en España y algunos estudios calculan en 2.500 millones de € anuales las pérdidas solo en el ámbito laboral». En palabras del Equipo académico del International Research Center on Organizations, (IRCO, 2014), «1 euro invertido de forma exclusiva en promoción deportiva produce un ahorro aproximado de 50 euros en gastos sanitarios acumulados durante 15 años». En este sentido, diversos autores están hablando no solo de la Educación Física en el ámbito escolar como una parte importante de la salud pública, sino del propio personal docente de la materia como un agente de la misma (McKenzie y Lounsbery, 2013; McKenzie y Lounsbery, 2014). Incluso, como reseñan Ara Royo y Martín García (2016), los datos sobre la condición física del alumnado que recoge habitualmente en su práctica docente el profesorado de Educación Física son «algunos de los mejores indicadores del estado de salud de los niños y niñas durante todo su crecimiento», «podrían formar parte del estudio epidemiológico más potente sobre salud en la edad infantil del que podrían disponer las autoridades sanitarias y educativas del país» y además, tanto de forma individual como colectiva, sería información relevante para las y los pediatras.
  • 1.2 LA EDUCACIÓN FÍSICA CONTRIBUYEN AL DESARROLLO INTEGRAL DEL ALUMNADO EN TODOS SUS ÁMBITOS: MOTOR, COGNITIVO Y SOCIOAFECTIVO
La Educación Física escolar es la única asignatura que contribuye de manera directa en la consecución de todos los objetivos generales del Bachillerato propuestos en el artículo 33, letra m, de la Ley Orgánica de Educación cuando dice que contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:
  • «Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Afianzar los hábitos de actividades físico-deportivas para favorecer el bienestar físico y mental, así como medio de desarrollo personal y social».
Pero, además, dentro de su ámbito motor, esta materia contribuye a formar ciudadanos y ciudadanas con la suficiente alfabetización motriz que les permita desempeñar las tareas motoras cotidianas con éxito y seguridad durante toda la vida, fomentando, a su vez, los hábitos de vida saludables que les hagan ser parte de una sociedad sostenible, contribuyendo así a su desarrollo integral. En palabras de Håvard Lorås, «los niveles apropiados de competencia motora son una parte integral del estado físico relacionado con la salud de las personas, y la educación física se propone como un contexto importante para desarrollar una amplia gama de habilidades motoras» (Lorås, 2020). La Asociación Americana del Corazón, a través de la coalición ‘Physical Education for All Kids’, expuso de forma muy didáctica la importancia y la necesidad de la alfabetización motriz, que se vehicula a través de la Educación Física escolar, para todas las etapas de la vida. Además, la competencia motriz adquiere un papel conductor del aprendizaje que, junto con el carácter lúdico y práctico de la materia, se convierte en el vehículo idóneo para la adquisición y desarrollo de las competencias básicas, contribuyendo así al desarrollo integral del alumnado desde la materia de Educación Física. Este enfoque global e interdisciplinar del ámbito corporal se integra perfectamente en los fines sobre los que se articulan las competencias, quedando demostrado cómo competencias como la lingüística o la matemática se ven mejoradas cuando el uso del cuerpo está presente de una forma intencionada (Chanal y cols., 2009; Rivas y Terroba, 2010; Nilges y Usnick, 2013; Kitchen y Kitchen, 2013; Cecchini y Carriedo, 2020). Lo mismo sucede con la competencia digital (Basadre, Herrera y Navarro, 2015; Cabrera, 2020), existiendo una infinidad de posibilidades para que la práctica de actividad física sea fomentada con el fin de mejorar los parámetros saludables, entendidos éstos desde el ámbito físico, cognitivo y social. Y es precisamente a las competencias personal, social y de aprender a aprender a las que la Educación Física realiza una contribución más directa, ya que la asignatura se sustenta sobre los pilares fundamentales de contacto directo y relación con los demás. Este hecho, sin duda, además de mejorar el autoconcepto del/la estudiante, permite fomentar su autonomía y toma de decisiones en la sociedad en la que vive y convive, contribuyendo de este modo a la competencia emprendedora y de conciencia y expresión cultural. Por otra parte, se ha demostrado que el desarrollo cognitivo y la salud cerebral tienen una gran relación con la práctica físico deportiva. En concreto, sobre lo que aquí nos ocupa, un reciente metaanálisis concluye que «la participación deportiva durante el horario escolar fue más beneficiosa para el rendimiento académico en comparación con la participación deportiva fuera del horario escolar» (Owen et al., 2021). En este sentido, evidencias científicas actuales, en el ámbito de la neurociencia afirman que los niños y niñas que practican actividad física de manera sistemática mejoran sus procesos cognitivos y, por tanto, su rendimiento académico, además de percibir mejoras en la personalidad y en el bienestar psicológico.  
  • ​​​​​​​1.3 LA PROMOCIÓN DE LA EF ES UN MANDATO CONSTITUCIONAL
La Constitución Española, como Carta de los principios que rigen el Estado, mandata a «los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios» (artículo 43.2), y en relación con los puntos anteriores parece obvio que para su cumplimiento debiera fomentarse y promoverse la Educación Física en el ámbito escolar, habida cuenta de la cantidad de evidencias que señalan su relación con la salud, no solo de la población infantil y adolescente, sino de la ciudadanía en general. Pero esto queda aún más claro cuando en el apartado 3 del mismo artículo dice que «los poderes públicos fomentarán la educación sanitaria, la educación física y el deporte». De forma expresa y explícita nuestra Carta Magna insta al fomento de la educación física, un concepto concreto que no puede diluirse en otros, y que solo es posible a partir de la intervención profesional. Esta última, en el caso del ámbito educativo, actualmente se concreta a través del personal docente de la materia de Educación Física. Es decir, no ha lugar a otra interpretación que no sea que la educación física se encuentra entre los principios rectores de la política social y económica del Estado español. Su carga horaria en la escuela determina de forma contundente si los poderes públicos realmente se están preocupando por la educación física y, en definitiva, si están cumpliendo con la propia Constitución.  
  • 1.4 LOS TRIBUNALES RECONOCEN RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO VINCULADOS AL AUMENTO DE LAS HORAS DE EF
Diferentes Comunidades Autónomas están implementando medidas para alcanzar el mínimo de tres horas semanales de Educación Física a la semana. Algunas ya lo han realizado bajo el marco de la anterior reforma educativa, otras lo harán bajo el nuevo marco normativo. Entre las que iniciaron los trámites para poder llevar a cabo dicho aumento se encuentra la Comunidad de Madrid, cuyo Decreto 59/2020, de 29 de julio, preveía la implantación de una tercera hora de Educación Física semanal. El interés que se desprende de esta norma proviene precisamente del pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que, en sus Sentencias 12633/2021 y 13059/2021, ambas de 11 de noviembre, reconocen el interés público que se vincula al aumento de horas lectivas de Educación Física. En concreto, la primera dice así en su Fundamentos de Derecho Cuarto:  
  • «Interesa destacar que objeto del Decreto se centra exclusivamente en modificar el currículo escolar para incrementar una hora la asignatura de Educación Física por razones de interés público, de modo que la disposición reglamentaria no ha sido directamente diseñada para modificar ni las condiciones laborales, ni la plantilla, siendo de recordar que luchar contra la obesidad infantil es el fin que avala la reforma. ​​​​​​​​​​​​​[...] 
  • ​​​​​​​La elección de esta opción se ha basado en el hecho de que la Educación Física es cursada por todos los alumnos y se pretende que la modificación horaria llegue a todos ellos, por los motivos expuestos anteriormente; se ha optado a este respecto por dichas materias como objeto de ese cambio, dada la opcionalidad y la libre elección que los alumnos realizan para cursar alguna de estas asignaturas, frente a la materia de Educación Física que es cursada por todos los alumnos, minimizando así todo posible menoscabo y anulando todo posible impacto negativo que, en cualquier caso, habría quedado compensado por el beneficio universal del aumento de horas de la Educación Física».
 
  • 1.5 LA UNESCO INSTA A LOS PAÍSES A IMPLEMENTAR AL MENOS 3 HORAS DE EDUCACIÓN FÍSICA
En 2015 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) publicó la ‘Carta internacional de la educación física, la actividad física y el deporte’ y la ‘Guía para los responsables políticos’ sobre Educación Física de Calidad. En dicha Guía se señala como uno de los indicadores de referencia un currículo de 180 minutos semanales de Educación Física. Ambos documentos deberían haber servido para impulsar cambios en la sociedad, y en concreto en la política educativa. Sin embargo, en España, en el ámbito estatal, desde entonces no se han registrado apenas modificaciones en la política o en la normativa que tomasen en cuenta las directrices de la organización internacional de referencia en materia de Educación. La propuesta que se haga para Ceuta, Melilla y el exterior debería tener en cuenta las recomendaciones de la UNESCO.  
  • 1.6 EL CONSEJO DE EUROPA Y EL PARLAMENTO EUROPEO PIDEN A LOS PAÍSES GARANTIZAR UN HORARIO SUFICIENTE DE EF
La ‘Recomendación Rec(2003)6 del Comité de Ministros a los estados miembros sobre la mejora de la educación física y el deporte para los niños y jóvenes en todos los países europeos’ ya indicaba que debía considerarse la necesidad de mejorar la calidad de la educación física y el deporte disponible para población infantil y juvenil en las escuelas y asegurar el tiempo necesario para lograr los objetivos establecidos, indicando que éste fuera tres horas semanales. Después, en 2007, el Parlamento Europeo en el ‘Informe sobre la función del deporte en la educación’ pidió a los países miembros que «acepten el principio de que el horario escolar debería garantizar al menos tres clases de educación física por semana, si bien debería animarse a las escuelas a superar, en la medida de lo posible, este objetivo mínimo». Por su parte, la Carta Europea del Deporte, revisada el 13 de octubre de 2021, señala que debe garantizarse el horario suficiente para la Educación Física escolar, que permita desarrollar la alfabetización y la aptitud físicas entre jóvenes, permitiéndoles adquirir habilidades fundamentales de movimiento y alentarlos a practicar deporte. A esto se suma la ‘Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de noviembre de 2021, sobre la política de deportes de la UE: evaluación y posibles vías de actuación’, aprobada recientemente, que insta a los Estados miembros a ampliar «el tiempo dedicado a la educación física en los centros docentes».  
  • 1.7 CONGRESO, SENADO Y PARLAMENTOS DE LAS CCAA PIDEN AUMENTAR EL HORARIO DE EF
En 2017 se registró en el Congreso de los Diputados la ‘Proposición no de Ley relativa al impulso de una Educación Física de calidad’, siendo finalmente aprobada el 21 de marzo de 2018 con el beneplácito de PSOE, Unidas Podemos, Ciudadanos y el Grupo Mixto (BOCG, no D-337, pág. 31, 2018). Esta PNL instaba al Gobierno, desde la Comisión de Cultura y Deporte, a llevar a cabo las solicitudes planteadas en el ‘Posicionamiento del colectivo de docentes del área de Educación Física’.​​​​​​​ Durante 2016, 2017 y 2018 se aprobaron proposiciones no de ley para promover la Educación Física de Calidad en las Asambleas y Parlamentos de Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, La Rioja, Comunidad de Madrid y Región de Murcia.   Recientemente, en concreto el pasado 26 de octubre de 2021, el Senado ha aprobado una moción que insta al Gobierno a, en colaboración con las Comunidades Autónomas, aumentar la carga lectiva de Educación Física (Núm. exp. 661/000214). el texto de moción que se ha aprobado, y por el que el Gobierno tendrá que rendir cuentas en los próximos seis meses, es el siguiente:
  • ​​​​​​​«La Comisión de Educación y Formación Profesional insta al Gobierno a, en colaboración con las Comunidades Autónomas, siguiendo las recomendaciones y directrices de la OMS, de la UNESCO y de la UE, seguir impulsando la Estrategia de Fomento de la Actividad Física y lucha contra el sedentarismo con las necesarias campañas de promoción, formación y sensibilización exigibles, y con el incremento en una hora del currículum de la Educación Física en la educación primaria y secundaria.
  • Así mismo instamos a que se potencie la actividad de los centros escolares para convertirlos en promotores y coordinadores de la actividad física y el deporte, sin olvidar las posibilidades de utilizar de forma mucho más eficiente los espacios deportivos con los que cuentan tanto estos centros como el municipio al que pertenecen, para beneficio de los escolares y de la población en general».
 
  • 1.8 LA SOCIEDAD CIVIL ESPAÑOLA RECLAMA AUMENTAR EL HORARIO DE EDUCACIÓN FÍSICA
El ‘Manifiesto por una Educación Física de Calidad en el desarrollo reglamentario de la LOMLOE’ obtuvo más de 128.000 adhesiones. Esta gran cifra se ha logrado gracias al compromiso de las personas y organizaciones que realmente creen en el potencial de la Educación Física. Cientos de centros educativos y de departamentos de Educación Física de toda España se han adherido a estas solicitudes, pero también lo han hecho los COLEF autonómicos y organizaciones territoriales y estatales. En concreto, han sido 128.616 adhesiones las que han apoyado la postura del Manifiesto:
  • Centros educativos: 29.830 adhesiones.
  • Departamentos EF: 42.219 adhesiones.
  • Entidades: 51.349 adhesiones.
  • Personas físicas (indiv): 2.957 adhesiones.
No solo se adhirieron a este Manifiesto organizaciones educativas o ligadas a la Educación Física y el Deporte, sino también muchas de carácter sanitario, destacando las corporaciones colegiales de la profesión médica y sus sociedades científicas.  
  • 1.9 TRAS LA PANDEMIA, MÁS NECESARIO QUE NUNCA EL INCREMENTO DEL HORARIO DE EDUCACIÓN FÍSICA
El pasado 2 de febrero de 2021 la UNESCO hacía «un llamamiento a la inversión en educación física de calidad para apoyar la recuperación post COVID-19», presentando dos nuevas publicaciones:
  • ‘¿Cómo influir en el desarrollo de políticas de Educación Física de Calidad? Guía práctica de promoción de políticas para jóvenes’.
  • ‘En defensa del desarrollo de políticas inclusivas de Educación Física de Calidad:
Informe de políticas’. En palabras de Gabriela Ramos, Subdirectora General de Ciencias Sociales y Humanas de la UNESCO, «la educación física de calidad es la base de una vida más sana, feliz y productiva, y todo empieza en la escuela. Tiene el potencial de acelerar los esfuerzos de recuperación tras la COVID y puede ayudar a diseñar una "nueva normalidad"».
Nuria Peinado Prieto

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
Antonio Jesús Rubio Rodriguez - Colegio Profesional de Licenciados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Castilla-La Mancha

INCLUIR EN EL SEGUNDO CURSO “ACTIVIDAD FÍSICA PARA LA SALUD"

La materia de ‘Actividad física para la salud’ contribuye a potenciar el desarrollo de las competencias profesionales en el ámbito físico-deportivo de la salud y la recreación, como elementos clave para favorecer el progreso social a nivel individual y global. Además, el alumnado desarrollará cualidades personales, tales como autonomía, espíritu de servicio, motivación, fomento de la capacidad de liderazgo e innovación, todo ello con el objetivo de prepararles para la vida profesional y como ciudadanas y ciudadanos responsables, dotándoles de herramientas para hacerse cargo de su propia carrera profesional y personal. Para el alumnado orientado a Música y Artes Escénicas, la asignatura ‘Lenguaje y Expresión Corporal’ ha de perseguir la adquisición y desarrollo de las habilidades específicas expresivas. Dichas habilidades tienen connotaciones artísticas y son aquellas derivadas de los recursos que el propio cuerpo tiene para poder transmitir, clasificadas en mimo, danza y dramatización. El objetivo de la materia es capacitar al alumnado para poder transmitir mensajes, ideas o sentimientos a través de gestos (mimo), desarrollar danzas de diversa índole con adecuación rítmica y coordinada, así como potenciar su capacidad de dramatización, todo ello en base al recurso expresivo del propio cuerpo y el movimiento de una manera individual o colectiva. Además, debe anotarse que ambas asignaturas giran en torno al cuerpo, movimiento y su capacidad de comunicación, por lo que el perfil docente para impartirlas debe reunir conocimientos sobre dichos ámbitos. En este sentido, en la normativa correspondiente debe tenerse en cuenta que las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, con la preceptiva formación pedagógica de posgrado, cumplen el perfil profesional idóneo para impartir estas materias en la etapa de Bachillerato, por tres motivos: conocimientos, experiencia y practicidad. La materia de Actividad Física para la Salud en el currículum de 2º de Bachillerato está orientada a consolidar, integrar y autogestionar los aprendizajes que la Educación Física ha aportado a la cultura motriz del alumnado. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y los desafíos para el siglo XXI siguen presentes en esta materia, facilitando las herramientas necesarias para tener  un estado físico y mental óptimo y poder convivir en comunidad, ayudando al alumnado a construir su propia identidad. El carácter transdisciplinario de la materia de Actividad Física para la Salud, especialmente en cuanto a su función catártica, agonística y propedéutica en el Bachillerato, hacen que la materia colabore de manera directa a abordar la Agenda 2030. El desarrollo sostenible, la ciudadanía activa y democrática, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención de violencia de género y el respeto a la diversidad son valores educativos incluidos en la LOMLOE que promueven la justicia social y que continúan el trabajo del primer curso de Bachillerato junto con otras materias del currículum. La contextualización del aprendizaje y las relaciones con el entorno en cualquier ámbito tiene que promover situaciones de aprendizaje más allá del centro. El desarrollo personal y social, la sensibilidad artística y la prevención y actuación para un estilo de vida saludable conciernen a todas las competencias específicas, de forma que se hace necesaria la creación de tareas competenciales para su consecución. Así, se ayudará al alumnado a demostrar la capacidad para aplicar los saberes aprendidos, movilizándolos e interrelacionándolos en diferentes contextos al mismo tiempo que se fomenta la adopción de una actitud crítica hacia el mundo de la actividad física y la salud, valorando las actitudes proactivas y el valor del esfuerzo y la resiliencia. Atendido el carácter propedéutico del Bachillerato y el aumento de las profesiones y estudios superiores relacionados con la Educación Física, esta materia ofrece al alumnado la formación y orientación laboral necesarias para mejorar su criterio de valoración frente a la variedad de alternativas laborales disponibles, tanto del ámbito universitario como de la Formación Profesional o de las enseñanzas deportivas y otros sectores. Con la Actividad Física para la Salud continúa la progresión de los aprendizajes de las etapas anteriores. Esto hace que los principales cambios los encontremos en las competencias específicas, saberes y criterios de evaluación, y que las conexiones con otras materias y las situaciones de aprendizaje sean similares a las de la materia Educación Física del anterior curso. Igualmente, el objetivo fundamental es promover un desarrollo integral del alumnado y adquirir las competencias específicas que identifican todo lo que el alumnado tiene que ser capaz de hacer, así como las situaciones y las condiciones en las que lo tiene que poder hacer, una vez haya cursado la materia. La materia se organiza en cinco competencias específicas (CE) que despliegan y concretan las competencias clave, las que el alumnado tiene que adquirir para su pleno desarrollo personal, social y profesional, además de permitir establecer relaciones con otras materias de la etapa. En el apartado siguiente, saberes básicos, se establecen el conjunto de conocimientos que el alumnado tiene que aprender para adquirir y desarrollar las competencias específicas. Estos saberes básicos se han organizado en 4 bloques de contenidos:
  • 1. Vida activa y saludable,
  • 2. Organización y gestión de la actividad Física y el deporte,
  • 3. Manifestaciones de la comunicación y de la cultura motriz
  • 4. Interacción eficiente y sostenible con el entorno. Estos saberes se agrupan atendiendo su capacidad intercompetencial con la intención de desarrollarse en diferentes contextos y situaciones de aprendizaje para colaborar en la adquisición de cada una de las competencias específicas y siguiendo la lógica interna de la materia.
Las situaciones de aprendizaje planteadas al alumnado tienen que promover la implicación y el empoderamiento, con el objetivo de transformar su entorno, tanto desde la autogestión como desde contextos colaborativos. A partir de la construcción crítica y colaborativa de nuevos conocimientos, habilidades y valores se pretende favorecer que el aprendizaje responda a los retos que suponen los continuos cambios sociales y económicos que se están produciendo en las últimas décadas y que provocan un desajuste entre las necesidades formativas del individuo y las demandas de la sociedad actual. Es importante que las situaciones de aprendizaje capaciten al alumnado a transferir sus propios aprendizajes a otros contextos con la finalidad no solo de aplicarlos sino de transformar y mejorar su entorno. El grado de desarrollo y consecución de las diferentes competencias específicas de la materia Actividad Física para la Salud será elaborado mediante los criterios de evaluación que se presentan, vinculados a los saberes, mediante la creación por parte del y la docente de descriptores observables, y contextualizados en las situaciones de aprendizaje adecuados para hacer efectiva la influencia del movimiento en el aprendizaje y el desarrollo integral del alumnado.
FASPAS CLM - Federación de Asociaciones de Padres y Amigos de Sordos de Castilla La Mancha (FASPAS CLM)

Aportaciones de FASPAS CLM a la modificación del articulado

  • Artículo 6. Principios pedagógicos. Punto 4.
Propuesta de redacción: “En la organización de los estudios de Bachillerato se prestará especial atención al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. A estos efectos, se establecerán las medidas de inclusión educativa precisas para facilitar el acceso de este alumnado a los entornos de aprendizaje y al currículo, así como su permanencia, promoción y titulación”. Argumentación: Es más adecuado hablar de medidas de inclusión educativa que de atención a la diversidad, acorde a lo establecido en el Decreto 85/2018. El concepto “alternativas organizativas y metodológicas” no se recoge como tal en el citado decreto. No obstante, pueden entenderse como recogidas con carácter general en el concepto de “medidas de inclusión educativa”; por tanto, no es necesario citarlas específicamente, con el riesgo de dejar así fuera de la redacción de este artículo otras medidas que pueda contemplar el Decreto. Además, el acceso no solo es respecto al currículo, sino que debe matizarse la necesaria búsqueda de la accesibilidad en el diseño de los entornos de aprendizaje.
  • Artículo 6. Principios pedagógicos. Punto 5.
Propuesta de redacción: “La lengua castellana se utilizará solo como apoyo en el proceso de aprendizaje de las lenguas extranjeras. En dicho proceso se priorizarán la comprensión, la expresión e interacción oral, así como la comprensión lectora y el desarrollo de actividades de mediación lingüística para favorecer un desarrollo más integral de la competencia comunicativa del alumnado”. Argumentación: En un nivel de Bachillerato el acceso a distintas fuentes de información y documentación requieren el desarrollo de la destreza de la comprensión lectora que, junto con las actividades de mediación lingüística, va a permitir una adquisición más integral de la competencia comunicativa del alumnado. Por otro lado, cierto alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, como el alumnado con discapacidad auditiva entre otros casos, puede encontrar en la comprensión lectora y la expresión escrita de las lenguas extranjeras un complemento, incluso sustituto, importante a la competencia oral que puede estar muy dificultada. Este proceso también puede darse a la inversa, y que sea la competencia en expresión y comprensión oral la que prima frente a la lectora y escrita. Por tanto, priorizar una competencia sobre otra en este ámbito podría generar situaciones que no favorezcan el acceso, la permanencia, promoción o titulación de este alumnado.
  • Artículo 35. Atención a las diferencias individuales. Punto 5.
Propuesta de inclusión de modificación nueva en este artículo: “Igualmente, se establecerán medidas de inclusión educativa para el alumnado con dificultades específicas de aprendizaje. Especialmente, se establecerán medidas para este alumnado en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera que, en ningún caso, se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas”. Argumentación: Es más adecuado hablar de medidas de inclusión educativa que de apoyo educativo, acorde a lo establecido en el Decreto 85/2018. Las medidas de flexibilización, según se recoge en el citado Decreto, van dirigidas al alumnado con altas capacidades y el concepto “alternativas metodológicas” no se recoge como tal en el decreto. Cualquier medida puede entenderse como recogida con carácter general en el concepto de “medidas de inclusión educativa”; por tanto, no es necesario citar ninguna específicamente, con el riesgo de dejar así fuera de la redacción de este artículo otras medidas que pueda contemplar el Decreto.    
Consejo COLEF - Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte

Contemplar la EF en ambos cursos de BACH con, al menos 3 h/sem

La carga lectiva de la materia de Educación Física debe aumentarse hasta contemplar, al menos, un mínimo de tres horas semanales en todos los cursos de Bachillerato, por los motivos que se reproducen a continuación. Además, la Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes. Asimismo, debe disponerse que los centros repartan las horas establecidas en varias sesiones semanales, dado que organizar todas las horas de la materia en una única sesión semanal, como está sucediendo en diferentes centros, no contribuye a la mejora de la adherencia a la práctica físico-deportiva y, además, puede ser contraproducente para la distribución de la carga física en relación con la frecuencia, la intensidad, el tiempo dedicado y el tipo de ejercicio. En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva durante la adolescencia es preocupante, especialmente en Bachillerato, cifrándola algunos autores en el 35,5% y aludiendo como motivo principal la falta de tiempo (Macarro Moreno, Romero Cerezo y Torres Guerrero, 2010). El drástico descenso de los niveles de actividad física en el final de la etapa adolescente debería ser un problema de primer orden a solucionar, y la Educación Física escolar en 2º de Bachillerato podría tener como objetivo ofrecer al alumnado las estrategias adecuadas para seguir manteniendo estilos de vida activos a pesar de las barreras, como la ya citada “falta de tiempo”. Es decir, la ausencia de horas lectivas dedicadas a la materia de Educación Física en el segundo curso de Bachillerato agravan el problema de salud pública que supone el abandono de la práctica físico-deportiva, más aún en un momento crucial de la vida, donde se debería enseñar a gestionar y compatibilizar los estilos de vida saludable cuando se suceden acontecimientos de gran estrés, como el que supone para este alumnado la Prueba de Acceso a la Universidad. Por otra parte, la etapa educativa de Bachillerato se distingue por su carácter propedéutico y voluntario, como estudios preparatorios para los de Formación Profesional o universitarios. En este sentido, la materia de Educación Física es fundamental para el alumnado cuya orientación formativa en Ciclos Formativos de Grado Superior se dirige a la familia de las actividades físicas y deportivas, para quienes deciden estudiar el grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (en 2019 lo impartían 51 facultades, con un total de 5.157 plazas), o incluso para quienes estudiarán carreras de Ciencias de la Salud en las que, cada vez más, se integran contenidos sobre ejercicio físico. Por último, debe destacarse la capacidad de desarrollo cognitivo que tiene la Educación Física. Especialmente en un curso académicamente complejo como el de segundo de Bachillerato la práctica de actividad físico-deportiva contribuye positivamente a un mejor rendimiento académico y una mejora de los procesos de aprendizaje y memoria (aumentando el número de neuronas, capilares sanguíneos y conexiones neuronales), así como también a la salud mental (Coe et al, 2006; Ratey, 2008; Trudeau y Shephard, 2008; Chomitz et al., 2009).
  1. La carga horaria de Educación Física es una cuestión de Salud Pública.
  2. La Educación Física contribuye al desarrollo integral del alumnado en todos sus ámbitos: motor, cognitivo y socioafectivo.
  3. La promoción de la Educación Física es un mandato constitucional.
  4. Los tribunales reconocen razones de interés público vinculadas al aumento de las horas de Educación Física.
  5. La UNESCO insta a los países a implementar al menos 3 horas de Educación Física.
  6. El Consejo de Europa y el parlamento europeo piden a los países garantizar un horario suficiente de Educación Física.
  7. Congreso, Senado y Parlamentos de las CCAA piden aumentar el horario de Educación Física.
  8. La sociedad civil española reclama aumentar el horario de Educación Física.
  9. Tras la pandemia, más necesario que nunca el incremento del horario de Educación Física
Consejo COLEF - Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte

Incluir en el segundo curso la materia común “actividad física p

La materia de ‘Actividad física para la salud y el desarrollo personal’ contribuye a potenciar el desarrollo de las competencias profesionales en el ámbito físico-deportivo de la salud y la recreación, como elementos clave para favorecer el progreso social a nivel individual y global. Además, el alumnado desarrollará cualidades personales, tales como autonomía, espíritu de servicio, motivación, fomento de la capacidad de liderazgo e innovación, todo ello con el objetivo de prepararles para la vida profesional y como ciudadanas y ciudadanos responsables, dotándoles de herramientas para hacerse cargo de su propia carrera profesional y personal.   Para el alumnado orientado a Música y Artes Escénicas, la asignatura ‘Lenguaje y Expresión Corporal’ ha de perseguir la adquisición y desarrollo de las habilidades específicas expresivas. Dichas habilidades tienen connotaciones artísticas y son aquellas derivadas de los recursos que el propio cuerpo tiene para poder transmitir, clasificadas en mimo, danza y dramatización. El objetivo de la materia es capacitar al alumnado para poder transmitir mensajes, ideas o sentimientos a través de gestos (mimo), desarrollar danzas de diversa índole con adecuación rítmica y coordinada, así como potenciar su capacidad de dramatización, todo ello en base al recurso expresivo del propio cuerpo y el movimiento de una manera individual o colectiva.   Además, debe anotarse que ambas asignaturas giran en torno al cuerpo, movimiento y su capacidad de comunicación, por lo que el perfil docente para impartirlas debe reunir conocimientos sobre dichos ámbitos. En este sentido, en la normativa correspondiente debe tenerse en cuenta que las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, con la preceptiva formación pedagógica de posgrado, cumplen el perfil profesional idóneo para impartir estas materias en la etapa de Bachillerato, por tres motivos: conocimientos, experiencia y practicidad.
rrjp10

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
ddgg83

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
RaquelTorres

CONTEMPLAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN AMBOS CURSOS DE BACHILLERATO

CONTEMPLAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN AMBOS CURSOS DE BACHILLERATO CON AL MENOS TRES HORAS A LA SEMANA   La carga lectiva de la materia de Educación Física debe aumentarse hasta contemplar, al menos, un mínimo de tres horas semanales en todos los cursos de Bachillerato, por los motivos que se reproducen a continuación. Además, la Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes. Asimismo, debe disponerse que los centros repartan las horas establecidas en varias sesiones semanales, dado que organizar todas las horas de la materia en una única sesión semanal, como está sucediendo en diferentes centros, no contribuye a la mejora de la adherencia a la práctica físico-deportiva y, además, puede ser contraproducente para la distribución de la carga física en relación con la frecuencia, la intensidad, el tiempo dedicado y el tipo de ejercicio. En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva durante la adolescencia es preocupante, especialmente en Bachillerato, cifrándola algunos autores en el 35,5% y aludiendo como motivo principal la falta de tiempo (Macarro Moreno, Romero Cerezo y Torres Guerrero, 2010). El drástico descenso de los niveles de actividad física en el final de la etapa adolescente debería ser un problema de primer orden a solucionar, y la Educación Física escolar en 2o de Bachillerato podría tener como objetivo ofrecer al alumnado las estrategias adecuadas para seguir manteniendo estilos de vida activos a pesar de las barreras, como la ya citada “falta de tiempo”. Es decir, la ausencia de horas lectivas dedicadas a la materia de Educación Física en el segundo curso de Bachillerato agravan el problema de salud pública que supone el abandono de la práctica físico-deportiva, más aún en un momento crucial de la vida, donde se debería enseñar a gestionar y compatibilizar los estilos de vida saludable cuando se suceden acontecimientos de gran estrés, como el que supone para este alumnado la Prueba de Acceso a la Universidad. Por otra parte, la etapa educativa de Bachillerato se distingue por su carácter propedéutico y voluntario, como estudios preparatorios para los de Formación Profesional o universitarios. En este sentido, la materia de Educación Física es fundamental para el alumnado cuya orientación formativa en Ciclos Formativos de Grado Superior se dirige a la familia de las actividades físicas y deportivas, para quienes deciden estudiar el grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (en 2019 lo impartían 51 facultades, con un total de 5.157 plazas), o incluso para quienes estudiarán carreras de Ciencias de la Salud en las que, cada vez más, se integran contenidos sobre ejercicio físico. Por último, debe destacarse la capacidad de desarrollo cognitivo que tiene la Educación Física. Especialmente en un curso académicamente complejo como el de segundo de Bachillerato la práctica de actividad físico-deportiva contribuye positivamente a un mejor rendimiento académico y una mejora de los procesos de aprendizaje y memoria (aumentando el número de neuronas, capilares sanguíneos y conexiones neuronales), así como también a la salud mental (Coe et al, 2006; Ratey, 2008; Trudeau y Shephard, 2008; Chomitz et al., 2009). 1. La carga horaria de Educación Física es una cuestión de Salud Pública. 2. La Educación Física contribuye al desarrollo integral del alumnado en todos sus ámbitos: motor, cognitivo y socioafectivo. 3. La promoción de la Educación Física es un mandato constitucional. 4. Los tribunales reconocen razones de interés público vinculadas al aumento de las horas de Educación Física. 5. La UNESCO insta a los países a implementar al menos 3 horas de Educación Física. 6. El Consejo de Europa y el parlamento europeo piden a los países garantizar un horario suficiente de Educación Física. 7. Congreso, Senado y Parlamentos de las CCAA piden aumentar el horario de Educación Física. 8. La sociedad civil española reclama aumentar el horario de Educación Física. 9. Tras la pandemia, más necesario que nunca el incremento del horario de Educación Física
RaquelTorres

INCLUIR “ACTIVIDAD FÍSICA PARA LA SALUD Y DESARROLLO PERSONAL”

La materia de ‘Actividad física para la salud y el desarrollo personal’ contribuye a potenciar el desarrollo de las competencias profesionales en el ámbito físico-deportivo de la salud y la recreación, como elementos clave para favorecer el progreso social a nivel individual y global. Además, el alumnado desarrollará cualidades personales, tales como autonomía, espíritu de servicio, motivación, fomento de la capacidad de liderazgo e innovación, todo ello con el objetivo de prepararles para la vida profesional y como ciudadanas y ciudadanos responsables, dotándoles de herramientas para hacerse cargo de su propia carrera profesional y personal. Para el alumnado orientado a Música y Artes Escénicas, la asignatura ‘Lenguaje y Expresión Corporal’ ha de perseguir la adquisición y desarrollo de las habilidades específicas expresivas. Dichas habilidades tienen connotaciones artísticas y son aquellas derivadas de los recursos que el propio cuerpo tiene para poder transmitir, clasificadas en mimo, danza y dramatización. El objetivo de la materia es capacitar al alumnado para poder transmitir mensajes, ideas o sentimientos a través de gestos (mimo), desarrollar danzas de diversa índole con adecuación rítmica y coordinada, así como potenciar su capacidad de dramatización, todo ello en base al recurso expresivo del propio cuerpo y el movimiento de una manera individual o colectiva. Además, debe anotarse que ambas asignaturas giran en torno al cuerpo, movimiento y su capacidad de comunicación, por lo que el perfil docente para impartirlas debe reunir conocimientos sobre dichos ámbitos. En este sentido, en la normativa correspondiente debe tenerse en cuenta que las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, con la preceptiva formación pedagógica de posgrado, cumplen el perfil profesional idóneo para impartir estas materias en la etapa de Bachillerato, por tres motivos: conocimientos, experiencia y practicidad.
aapd56

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
luciaa1234

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
enriquemc

Música en BACH

Entendemos que se tenga que modificar el decreto 83/2022 de 12 de julio para incluir una nueva materia optativa, para adecuarlo al contexto europeo, pero se sustituyen las materias optativas propias de la comunidad del decreto 83/2022, en el artículo 15, en 1º Bachillerato, en el que se contemplaba Lenguaje Musical con 4 horas por las que se proponen en el borrador de decreto artículo 15, en la que, muy a nuestro pesar, desaparece Lenguaje Musical y priva a miles de alumnos y alumnas de Castilla la Mancha de optar por una materia artística musical. Al igual sucede con 2º de Bachillerato, que contemplaba como materia optativa propia de la comunidad, la materia de Hª de la Música y Danza en el decreto 83, con una carga lectiva de 4 horas y en el borrador aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin especificar si esa materia será impartida por los especialistas de música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.
Sofía Morán

AUMENTO A 3 HORAS SEMANALAS DE E.F.

La carga lectiva de la materia de Educación Física debe aumentarse hasta contemplar, al menos, un mínimo de tres horas semanales en todos los cursos de Bachillerato, por los motivos que se reproducen a continuación. Además, la Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes. Asimismo, debe disponerse que los centros repartan las horas establecidas en varias sesiones semanales, dado que organizar todas las horas de la materia en una única sesión semanal, como está sucediendo en diferentes centros, no contribuye a la mejora de la adherencia a la práctica físico-deportiva y, además, puede ser contraproducente para la distribución de la carga física en relación con la frecuencia, la intensidad, el tiempo dedicado y el tipo de ejercicio.
JaIME mORALEDA moRALEDA

Incorporación del idioma Chino como materia optativa

Ante la oportunidad de modificación del Decreto 83/2022, de 12 de julio, para incluir una nueva materia optativa, adecuando su currículo al contexto europeo, expongo la oportunidad de incluir como materia optativa en el Sistema Educativo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha los contenidos de “Segunda Lengua Extranjera (Chino)”, tanto para el primer curso como para el segundo, lo que contribuye a completar la formación del alumnado en condiciones de igualdad de elección respecto a otras CCAA y facilita la adquisición de las competencias básicas del idioma que permita su acceso, en las mejores condiciones, a los estudios universitarios en cuyos programas se incluye el contenido de "Chino" como asignatura académica.   El peso que la LOMLOE concede a la importancia de la enseñanza pública debería materializarse en la actualización de contenidos curriculares relacionados con la enseñanza de lenguas extranjeras, lo que nos aproximaría al modelo del Chino en Europa en el marco escolar, donde su presencia refleje una disposición pública -no solo individual ni personal- de apertura hacia un entorno lingüístico y cultural de máxima relevancia.   
JaIME mORALEDA moRALEDA

Incorporación del idioma Chino como materia optativa

Ante la oportunidad de modificación del Decreto 83/2022, de 12 de julio, para incluir una nueva materia optativa, adecuando su currículo al contexto europeo, expongo la oportunidad de incluir como materia optativa en el Sistema Educativo de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha los contenidos de “Segunda Lengua Extranjera (Chino)”, tanto para el primer curso como para el segundo, lo que contribuye a completar la formación del alumnado en condiciones de igualdad de elección respecto a otras CCAA y facilita la adquisición de las competencias básicas del idioma que permita su acceso, en las mejores condiciones, a los estudios universitarios en cuyos programas se incluye el contenido de "Chino" como asignatura académica.   El peso que la LOMLOE concede a la importancia de la enseñanza pública debería materializarse en la actualización de contenidos curriculares relacionados con la enseñanza de lenguas extranjeras, lo que nos aproximaría al modelo del Chino en Europa en el marco escolar, donde su presencia refleje una disposición pública -no solo individual ni personal- de apertura hacia un entorno lingüístico y cultural de máxima relevancia.   
Hugo Manso Sanz

AUMENTO DE HORAS EN EDUCACIÓN FÍSICA

CONTEMPLAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN AMBOS CURSOS DE BACHILLERATO ​​​​​​CON AL MENOS TRES HORAS A LA SEMANA. Son varias las razones por las que defiendo la idea de que la Educación Física debe aumentar sus horas lectivas y, por supuesto, añadirse en el 2º curso de Bachillerato. 1. Si seguimos las recomendaciones actuales de la Organización Mundial de la Salud, indican que los jóvenes con edades comprendidas entre los 5 y 17 años (las edades que comprende bachillerato están incluidas en este grupo), nos indican que deben realizar al menos 60 minutos al día de actividad física. Por lo tanto, si reducimos o mantenemos las horas, el ejemplo que estamos dando no se corresponde con las recomendaciones, puesto que la actividad física que realizan muchos de los estudiantes sólo es la correspondiente a la asignatura de E.F.. 2. La educación física proporciona un amplio abanico de posibilidades, dinámicas y prácticas con grandes beneficios y amplia transferencia en la vida cotidiana de los estudiantes. No sólo en los beneficios en la salud física y mental, lo cual debería ser ya suficiente, sino que también les proporciona una batería de habilidades sociales de expresión, comunicación, etc, que les contribuyen en su vida personal y social. 3. La asignatura de Educación Física implica movimiento y esto, en consecuencia, un desprendimiento de serotonina, dopamina... aspectos imprescindibles para que una persona sea feliz y, muy necesaria en periodos de presión como puede llegar a ser 2º d bachillerato. 4. La Educación Física a través del juego, el deporte o incluso dinámicas grupales con implicación de actividad física, son opciones muy viables para trabajar los valores (tolerancia, empatía, solidaridad, etc) 5. Con un buen fomento de los beneficios que tiene el ejercicio físico en la salud de las personas, así como el propio deporte, la Educación Física se puede convertir en una herramienta para combatir el abandono de la práctica físico-deportiva en los adolescentes. Son muchas las razones por las que la Educación Física se debería incluir en el segundo curso de Bachillerato y aumentar sus horas lectivas. Si buscamos mejorar la salud de la ciudadanía, un buen comienzo sería dar el valor que se merece a esta asignatura, una que ha demostrado ser imprescindible para la salud pública, y que por desgracia a hecho falta una pandemia para darnos cuenta de que la actividad física es necesaria. 
Tamara Lede Piñeiro

MÚSICA EN BACHILLERATO

Entendemos que sea necesario modificar el decreto 83/2022 de julio para poder incluir una nueva materia optativa y adecuarse a las necesidades del sistema educativo europeo, pero se sustituyen las optativas propias de la comunidad de dicho decreto, en el artículo 15 (en 1º de Bachillerato) en el que se contemplaba la asignatura de Lenguaje Musical, la cual son 4 horas por las que se proponen en el borrador del decreto  (art.15) que desaparezcan y por lo tanto, impide al alumnado de Castilla La Mancha optar por elegir y cursar una materia de carácter artístico, que les permite conocer y desarrollar otras habilidades importantes también para el ser humano. Asimismo, lo mismo sucede con la asignatura en 2 de Bachillerato, la cual se contemplaba como materia optativa de la comunidad. La materia de Historia de la Música y Danza (decreto 83), cuyo número de horas lectivas semanales es también 4 y en el decreto aparece Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático, sin explicar si dicha asignatura podrá ser impartida por los docentes especialidades en Música. Se contempla entre las optativas que se pueda cursar otra materia específica de modalidad de oferta en el centro, lo cual daría cabida a elegir alguna del Bachillerato de Artes, pero deja a elección del centro que se oferte o no y por tanto, a la lucha del profesorado de música, que mucha veces resulta estéril en los centros. Si nos ceñimos al contexto europeo, nos remitimos a la Nueva Agenda Europea de la Cultura, que consta de tres ámbitos estratégicos y que puede consultar en el siguiente enlace. Citamos tan sólo uno de los objetivos para que se puedan hacer una idea de lo que se marca como objetivo la Unión Europea: “ Fomentar el pensamiento artístico, cultural y creativo en la educación formal y no formal, en la formación a todos los niveles y en el aprendizaje permanente” Choca frontalmente con lo que pretenden desarrollar en el borrador decreto y esa adecuación del currículo al contexto europeo. Observamos que una vez más, se prescinde de nuestra materia, para dar paso a otras, en este caso la de “Unión Europea” que perfectamente se podría desarrollar de forma transversal en el currículo de las materias que se cursen en Bachillerato.  
Víctor Jiménez Díaz-Benito

1. CONTEMPLAR LA EDUCACIÓN FÍSICA EN AMBOS CURSOS DE BACHILLER.

La carga lectiva de la materia de Educación Física debe aumentarse hasta contemplar, al menos, un mínimo de tres horas semanales en todos los cursos de Bachillerato, por los motivos que se reproducen a continuación.   Además, la Educación Física en Bachillerato debería contemplarse como una oportunidad para hacer descender la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva, así como una materia fundamental para la orientación académica de multitud de estudiantes.   Asimismo, debe disponerse que los centros repartan las horas establecidas en varias sesiones semanales, dado que organizar todas las horas de la materia en una única sesión semanal, como está sucediendo en diferentes centros, no contribuye a la mejora de la adherencia a la práctica físico-deportiva y, además, puede ser contraproducente para la distribución de la carga física en relación con la frecuencia, la intensidad, el tiempo dedicado y el tipo de ejercicio.   En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la tasa de abandono de la práctica físico-deportiva durante la adolescencia es preocupante, especialmente en Bachillerato, cifrándola algunos autores en el 35,5% y aludiendo como motivo principal la falta de tiempo (Macarro Moreno, Romero Cerezo y Torres Guerrero, 2010). El drástico descenso de los niveles de actividad física en el final de la etapa adolescente debería ser un problema de primer orden a solucionar, y la Educación Física escolar en 2º de Bachillerato podría tener como objetivo ofrecer al alumnado las estrategias adecuadas para seguir manteniendo estilos de vida activos a pesar de las barreras, como la ya citada “falta de tiempo”. Es decir, la ausencia de horas lectivas dedicadas a la materia de Educación Física en el segundo curso de Bachillerato agravan el problema de salud pública que supone el abandono de la práctica físico-deportiva, más aún en un momento crucial de la vida, donde se debería enseñar a gestionar y compatibilizar los estilos de vida saludable cuando se suceden acontecimientos de gran estrés, como el que supone para este alumnado la Prueba de Acceso a la Universidad.   Por otra parte, la etapa educativa de Bachillerato se distingue por su carácter propedéutico y voluntario, como estudios preparatorios para los de Formación Profesional o universitarios. En este sentido, la materia de Educación Física es fundamental para el alumnado cuya orientación formativa en Ciclos Formativos de Grado Superior se dirige a la familia de las actividades físicas y deportivas, para quienes deciden estudiar el grado universitario en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (en 2019 lo impartían 51 facultades, con un total de 5.157 plazas), o incluso para quienes estudiarán carreras de Ciencias de la Salud en las que, cada vez más, se integran contenidos sobre ejercicio físico.   Por último, debe destacarse la capacidad de desarrollo cognitivo que tiene la Educación Física. Especialmente en un curso académicamente complejo como el de segundo de Bachillerato la práctica de actividad físico-deportiva contribuye positivamente a un mejor rendimiento académico y una mejora de los procesos de aprendizaje y memoria (aumentando el número de neuronas, capilares sanguíneos y conexiones neuronales), así como también a la salud mental (Coe et al, 2006; Ratey, 2008; Trudeau y Shephard, 2008; Chomitz et al., 2009).  
  1. La carga horaria de Educación Física es una cuestión de Salud Pública.
  2. La Educación Física contribuye al desarrollo integral del alumnado en todos sus ámbitos: motor, cognitivo y socioafectivo.
  3. La promoción de la Educación Física es un mandato constitucional.
  4. Los tribunales reconocen razones de interés público vinculadas al aumento de las horas de Educación Física.
  5. La UNESCO insta a los países a implementar al menos 3 horas de Educación Física.
  6. El Consejo de Europa y el parlamento europeo piden a los países garantizar un horario suficiente de Educación Física.
  7. Congreso, Senado y Parlamentos de las CCAA piden aumentar el horario de Educación Física.
  8. La sociedad civil española reclama aumentar el horario de Educación Física.
  9. Tras la pandemia, más necesario que nunca el incremento del horario de Educación Física
 
Víctor Jiménez Díaz-Benito

INCLUIR EN EL SEGUNDO CURSO LA MATERIA COMÚN “AFPLSyDP"

INCLUIR EN EL SEGUNDO CURSO LA MATERIA COMÚN “ACTIVIDAD FÍSICA PARA LA SALUD Y DESARROLLO PERSONAL"   La materia de ‘Actividad física para la salud y el desarrollo personal’ contribuye a potenciar el desarrollo de las competencias profesionales en el ámbito físico-deportivo de la salud y la recreación, como elementos clave para favorecer el progreso social a nivel individual y global. Además, el alumnado desarrollará cualidades personales, tales como autonomía, espíritu de servicio, motivación, fomento de la capacidad de liderazgo e innovación, todo ello con el objetivo de prepararles para la vida profesional y como ciudadanas y ciudadanos responsables, dotándoles de herramientas para hacerse cargo de su propia carrera profesional y personal.   Para el alumnado orientado a Música y Artes Escénicas, la asignatura ‘Lenguaje y Expresión Corporal’ ha de perseguir la adquisición y desarrollo de las habilidades específicas expresivas. Dichas habilidades tienen connotaciones artísticas y son aquellas derivadas de los recursos que el propio cuerpo tiene para poder transmitir, clasificadas en mimo, danza y dramatización. El objetivo de la materia es capacitar al alumnado para poder transmitir mensajes, ideas o sentimientos a través de gestos (mimo), desarrollar danzas de diversa índole con adecuación rítmica y coordinada, así como potenciar su capacidad de dramatización, todo ello en base al recurso expresivo del propio cuerpo y el movimiento de una manera individual o colectiva.   Además, debe anotarse que ambas asignaturas giran en torno al cuerpo, movimiento y su capacidad de comunicación, por lo que el perfil docente para impartirlas debe reunir conocimientos sobre dichos ámbitos. En este sentido, en la normativa correspondiente debe tenerse en cuenta que las personas tituladas universitarias en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, con la preceptiva formación pedagógica de posgrado, cumplen el perfil profesional idóneo para impartir estas materias en la etapa de Bachillerato, por tres motivos: conocimientos, experiencia y practicidad.
mtere

Música en la enseñanza general

Es sabido por todos que, los adolescentes y por su puesto cuando éramos niños también, la Música es algo muy importante porque la sentimos, la bailamos y disfrutamos con ella. Sin embargo, no todos los adultos de hoy en día han tenido esa gran ventaja de conocer cómo interpretar instrumentos musicales, o poder reconocer aquellos aspectos importantes de la misma. Creo que la enseñanza general, tanto en la ESO como Bachillerato, debe ser eso el lugar para que la población general tenga la mínima aproximación los beneficios que ofrece la enseñanza musical. Repito, ojala y todos los adultos de hoy en día hubiésemos podido tener la posibilidad de disfrutar haciendo música, aunque solo sea de modo básico. Además, otro aspecto que me gustaría tener en cuenta, para que sirva de ejemplo, es que los adolescentes de hoy en día no tienen un gusto musical muy desarrollado. Solo fíjense en la música que ellos escuchan, y por extensión, los mensajes que contienen en las mismas. Por este motivo, también veo necesario educar, que no dirigir, el gusto musical de nuestros futuros ciudadanos. Es algo parecido a lo que los grandes filósofos, como Aristóteles y Platón, creían que debían hacer sus ciudadanos. Esto nos hace reflexionar lo necesario que es para la sociedad la enseñanza musical en el aula, porque en otro lugar no ocurrirá. 
jmaroto

Música en el Bachillerato

Es sabido por todos que, los adolescentes y por supuesto cuando éramos niños también, la Música es algo muy importante porque la sentimos, la bailamos y disfrutamos con ella. Sin embargo, no todos los adultos de hoy en día han tenido esa gran ventaja de conocer cómo interpretar instrumentos musicales, o poder reconocer aquellos aspectos importantes de la misma. Creo que la enseñanza general, tanto en la ESO como Bachillerato, debe ser eso el lugar para que la población general tenga la mínima aproximación los beneficios que ofrece la enseñanza musical. Repito, ojala y todos los adultos de hoy en día hubiésemos podido tener la posibilidad de disfrutar haciendo música, aunque solo sea de modo básico. Además, otro aspecto que me gustaría tener en cuenta, para que sirva de ejemplo, es que los adolescentes de hoy en día no tienen un gusto musical muy desarrollado. Solo fíjense en la música que ellos escuchan, y por extensión, los mensajes que contienen en las mismas. Por este motivo, también veo necesario educar, que no dirigir, el gusto musical de nuestros futuros ciudadanos. Es algo parecido a lo que los grandes filósofos, como Aristóteles y Platón, creían que debían hacer sus ciudadanos. Esto nos hace reflexionar lo necesario que es para la sociedad la enseñanza musical en el aula, porque en otro lugar no ocurrirá. 
C. Villalba

Música en Bachillerato

La música es uno de los pilares de nuestra civilización. Por su parte, el Bachillerato es una etapa educativa de gran importancia cuya finalidad primaria es preparar al alumnado para el acceso a la universidad. Sin embargo, el Bachillerato ha de ser mucho más: dar al alumnado una sólida educación lo más integral posible y proporcionarle un bagaje cultural lo más amplio posible. Al menos, eso sería lo deseable. Sirva como ejemplo el hecho de que todos estudiamos literatura en el instituto sin que ello signifique que se espere de todos que vayamos a ser escritores. Aunque existen centros específicos para la educación musical profesionalizada (Conservatorios), el lugar donde el conjunto de la población recibe una educación musical de base es la enseñanza general. Tiene sentido por tanto que entre la oferta de asignaturas optativas en todas las modalidades del bachillerato haya al menos una dedicada a la música en cada uno de los dos cursos del Bachillerato.
enrique del campo

se propone añadir optativa al artículo 15

En el conjunto de optativas del Proyecto (apartados 4 y 5 del artículo 15) sería muy conveniente ofrecer una optativa relacionada con el léxico y la mitología clásica para todo el alumnado de bachillerato. Podría ser una de las siguientes: Mitología Clásica, Fundamentos léxicos y mitológicos grecolatinos en las Artes, las Ciencias y la Tecnología, etc. Así está en otras comunidades autónomas. En el Proyecto se proponen asignaturas relacionadas con Anatomía, Artes y Música, pero ninguna con Mitología Clásica.  Gracias. 
MJD

Optativas Bachillerato

En el conjunto de optativas del Proyecto (apartados 4 y 5 del artículo 15) sería muy conveniente ofrecer una optativa relacionada con el léxico, el legado y la mitología clásica para todo el alumnado de Bachillerato. Podría ser una de las siguientes: Mitología Clásica, Fundamentos léxicos y mitológicos grecolatinos en las Artes, las Ciencias y la Tecnología, etc. Así está en otras comunidades autónomas. En el Proyecto se proponen asignaturas relacionadas con Anatomía, Artes y Música, pero ninguna con el Legado y la Mitología Clásica. 
fjmz03

Religión católica en Bachillerato

Según la legislación constitucional vigente se debe garantizar "el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa que esté de acuerdo con sus propias convicciones" tanto en 1º de Bachillerato como en el 2º curso de Bachillerato. No ofertando Religión en 2º de Bachillerato se impide el ejercicio de este derecho reconido por los la legislación nacional e internacional.  La jurisprudencia del TS (STS 11/07/2018 y STS 30/10/2019) se ha pronunciado en varias sentencias fallando a favor de la oferta obligatoria de la asignatura de Religión católica en 2º de Bachillerato.  Una ampliación del horario en esta etapa (a las dos horas de 1º de Bachillerato con otras en 2º) resulta necesario para desarrollar el nuevo currículo Lomloe. Motivo por el que la Conferencia Episcopal Española, que elabora el currículo de la materia de Religión, se ha manifestado con respecto a la carga lectiva necesaria para este desarrollo del nuevo currículo “solicitando a las respectivas Administraciones educativas una ampliación razonable del horario del área/materia de Religión, sin reducirlo a lo establecido por el Ministerio en el ámbito de sus competencias”. La ampliación horaria de esta materia en Bachillerato también estaría justificada por la alta demanda del alumnado que libremente la elige en nuestra región pese a ser la única materia del sistema educativo que no computa para la nota en el expediente académico. Algo que por sí mismo pone en cuestión la igualdad entre los alumnos que eligen esta u otra materia optativa; así como el valor del mérito académico.  La oferta en 2º curso de Bachillerato también se justifica por la continuidad de la enseñanza. Según STC 5/1981 de 13 de febrero, en su fundamento de derecho séptimo: “La enseñanza es una actividad encaminada de modo sistemático y con un mínimo de continuidad a la transmisión de un determinado cuerpo de conocimientos y valores (...)". Continuidad que actualmente no es posible sin la oferta de esta asignatura en 2º de Bachillerato. Impidiendo para el alumnado "la continuidad que se requiere para su enseñanza en condiciones óptimas, no solo por la falta de tiempo, sino por la falta de intensidad de la acción de enseñanza” que actualmente queda interrumpida en 1º de Bachillerato, sin solución de continuidad, en 2º de Bachillerato.
fjmz03

Religión católica en otros niveles educativos

Según el Acuerdo internatcional suscrito por la Santa Sede y el Estado español estipula en su Art. II y protocolo final la "oferta obligatoria para los centros" de la asignatura de Religión católica. Además de la legislación europea y nacional que reconoce "el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa que esté de acuerdo con sus convicciones".  Sin embargo, no se oferta la asignatura de Religión para el alumnado de Educación especial dentro del nivel educativo de Educación Primaria; no se oferta la asignatura de Religión para el alumnado de ESPA; no se oferta la asignatura de Religión para el alumnado de FP Básica y ciclos de grado medio en el nivel educativo de Formación Profesional; y tampoco se oferta Religión para el alumnado de 2º de Bachillerato en el nivel educativo de Bachillerato.  Por lo que el impedimento del ejercicio de este derecho fundamental a la libertad religiosa requiere no sólo la modificación del currículo de Bachillerato sino de la modificación del currículo de Educación Primaria, ESO y Formación Profesional. 
Javimus

Materia de música en bachillerato

Opino que el hecho de incluir una nueva materia optativa en bachillerato no implica la supresión de otra. Hablo en este caso de la asignatura de Lenguaje y Práctica Musical. La eliminación de dicha optativa supone la práctica desaparición de estas enseñanzas dentro del bachillerato, ya que se rompe la continuidad entre los distintos cursos. Es importante que las enseñanzas artísticas estén presentes tanto en el currículo de ESO como en el de Bachillerato.  
ANA MARIA FELIPE MOLINA

OPTATIVA NUEVA COMO EN OTRAS COMUNIDADES

En el conjunto de optativas del Proyecto (apartados 4 y 5 del artículo 15) sería muy conveniente ofrecer una optativa relacionada con el léxico y la mitología clásica para todo el alumnado de bachillerato. Podría ser una de las siguientes: Mitología Clásica, Fundamentos léxicos y mitológicos grecolatinos en las Artes, las Ciencias y la Tecnología, etc. Así está en otras comunidades autónomas. En el Proyecto se proponen asignaturas relacionadas con Anatomía, Artes y Música, pero ninguna con Mitología Clásica.  
Rufino

Materia Desarrollo Digital en 2º bach

Como profesor del departamento de tecnología, entiendo que la materia de Desarrollo Digital debe tener una continuidad en el segundo curso de bachillerato, enfocada seguramente a proyectos y donde la programación tenga un peso importante.
jjfp14

Incorporación de la Materia de Desarrollo Digital II

Es necesario incorporar de oferta optativa la materia de Desarrollo Digital II en 2° de Bachillerato como continuación de la materia que ya se oferta en 1° de Bachillerato. Es imprescindible para completar y mejorar la competencia digital que ahora tanto se demanda en la sociedad actual de la información y la comunicación. Por un lado con la dotación horaria que se mantiene en 1° de bachillerato, no se pueden trabajar en profundidad determinados contenidos que se deben tratar con mayor profundidad y por otro lado que en 2° de Bachillerato los alumnos tienen mayor grado de madurez para trabajar contenidos en mayor profundidad como la programación informática. 
MJD

Nueva optativa relacionada con el mundo clásico

Debido a la importancia del mundo clásico en nuestra civilización, habría que añadir al artículo 15.4 (primer curso) y al artículo 15.5 (segundo curso) una materia relacionada con las Lenguas y Cultura Clásicas, como: - Fundamentos Léxicos de las Ciencias y de la Técnica. - Fundamentos léxicos y mitológicos grecolatinos en las Artes, las Ciencias y la Tecnología. - Mitología Clásica. - Pervivencia y legado del mundo clásico. Estas materias se están impartiendo ya este curso en otras comunidades autónomas y creemos que es fundamental que sean optativas comunes a todos los bachilleratos o, como mínimo, al Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales.
JJIG

Sumar Música en Bachillerato no quitarla como venía en 83/22

Propongo que se mantengan en el art las materias de  "lenguaje y Práctica Musical" en 1º de Humanidades y CCSS y en el 1º General como optativa de la Comunidad y la "Historia de la Música y la Danza" en 2º de HCS y General y si no pues para todas. Es decir que el texto del artículo 15 sea: 4. Las materias optativas propuestas por la comunidad autónoma para el primer curso son las siguientes: a) Desarrollo Digital. b) Psicología. c) Anatomía Aplicada. d) Unión Europea e) Lenguaje y Práctica Musical   5. Las materias optativas propuestas por la comunidad autónoma para el segundo curso son las siguientes: a) Fundamentos de Administración y Gestión. b) Creación de Contenidos Artísticos y Audiovisuales. c) Proyectos Artísticos de Música, Danza y Arte Dramático. d) Investigación y Desarrollo Científico. e) Historia de la Música y la Danza