Proceso de participación: Proceso Participativo correspondiente al proyecto de Decreto por el que se regulan las hojas de reclamaciones de las personas consumidoras en Castilla-La ManchaFechas de participación:
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fad.93
Mar, 11/01/2022 - 18:09
Publicidad de las sanciones en el portal web.
Puede incluirse, como sanción, la publicidad de las sanciones firmes impuestas en la materia en el portal web de Consumo de la JCCM, dado el buen resultado que ha tenido en otras CCAA como la Junta de Andalucía que, conforme a su normativa, publica todas las sanciones firmes impuestas en materia de consumo en su web: https://www.consumoresponde.es/art%C3%ADculos/sanciones_firmes_impuestas_en_sancionadores_iniciados_en_2018_2017_y_2016
Algo que quizá debería plantearse también para su introducción en nuestra reciente Ley 3//2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las personas consumidoras de Castilla-La Mancha.
fad.93
Mar, 11/01/2022 - 18:19
Art. 15.2 en otra rúbrica.
El punto 2 del art. 15 debería consignarse en una rúbrica a parte, previa , dado que no es una infracción o sanción sino que lo que hace es explicar el propio funcionamiento de la Hoja de Reclamaciones: por un lado pretender una toma de razón y una mediación y satisfacción de las pretensiones y, por otra, una puesta en conocimiento de hechos que, de revestir caracteres de infracción debe apreciarse y tramitarse de oficio.
Por ello, sería mas adecuado ubicarlo en una rúbrica a parte o bien dentro de las "disposiciones generales", sirviendo incluso para instruir a los ciudadanos en una somera lectura y en sus primeros artículos de cuál es el funcionamiento de las mismas (.
https://blog.uclm.es/cesco/files/2016/07/Guia-de-uso-de-la-hoja-de-reclamaciones.pdf