En el preámbulo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación aparece la formación a lo largo de la vida como un proceso permanente con posibilidad de combinar estudio y formación con la actividad laboral o con otras actividades.
En concreto, en relación con la Educación de Personas Adultas, en el capítulo IX del Título I, se refiere a que éstas puedan realizar sus aprendizajes tanto por medio de actividades de enseñanza reglada o no reglada, como a través de la experiencia laboral o en actividades sociales, por lo que tenderá a establecer conexiones entre ambas vías, y se adoptarán medidas para la validación de los aprendizajes así adquiridos. Es por ello necesario incrementar la flexibilidad del sistema educativo, configurar vías formativas adaptadas a las necesidades e intereses personales, interrelacionando los aprendizajes formales, no formales e informales.
En esta línea a raíz de la publicación del Real Decreto 86/2025 de 11 de febrero de evaluación y acreditación de las competencias básicas adquiridas por experiencia laboral, por vías no formales de formación y aprendizajes informales surge la necesidad del desarrollo autonómico del procedimiento de evaluación y acreditación citado.
Asimismo, el Sistema de Formación Profesional se concibe como un instrumento clave para favorecer la cualificación y recualificación de la población, facilitar la incorporación y permanencia en el mercado laboral y responder a los retos derivados de la transformación tecnológica, organizativa y productiva de la economía. Para ello, se promueve una oferta formativa accesible y adaptable a las distintas trayectorias personales, formativas y profesionales de la ciudadanía.
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Fase de Inicio
La Consejería de Educación, Cultura y Deportes, con el apoyo de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participación, impulsa el presente proceso de participación ciudadana con el objetivo de generar un espacio de debate, reflexión y aportaciones para la elaboración del decreto de aprendizaje a lo largo de la vida en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.
En esta fase se impulsa la actuación que se somete a participación a través del Acuerdo de Inicio del proceso participativo, disponible el mismo, en el área de documentos de consulta, y en el que se establece información sobre:
• Delimitación del procedimiento participativo que se va a desarrollar.
• Determinación del asunto o asuntos objeto de deliberación y decisión.
• Identificación del órgano gestor responsable del desarrollo del procedimiento.
• Establecimiento de la duración máxima del procedimiento.
• Las vías o medios que vayan a utilizarse para dar publicidad al inicio del procedimiento.
• Metodología, características del procedimiento y los instrumentos participativos a utilizar.
Fase de Participación
Se ha establecido un plazo de 10 días hábiles para que puedan hacerse las aportaciones que se consideren al borrador del decreto de aprendizaje a lo largo de la vida en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, cuyo texto puede descargarse en este espacio.
Para hacer su aportación pinche en la correspondiente línea de participación.
Fase de Retorno
En la fase de retorno ponemos fin al proceso de participación ciudadana para la mejora del decreto de aprendizaje a lo largo de la vida en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. En esta fase se expone el balance del proceso mediante el retorno de resultados y, también, las conclusiones, valoraciones y decisiones adoptadas por parte de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, respecto a las propuestas recogidas mediante el informe final.
En breve estará disponible la documentación.
